Disposiciones generales. . (2024/56-8)
Orden de 11 de marzo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, al desarrollo de proyectos de obras audiovisuales en Andalucía y se modifica la Orden de 7 de julio de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la organización de ferias de arte contemporáneo en Andalucía, y para la participación en ferias de arte contemporáneo celebradas en Andalucía o de ámbito nacional o internacional.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 56 - Miércoles, 20 de marzo de 2024

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emprendedora y la dinamización de la economía de este sector. Todo ello va a redundar
en una mejora de la eficiencia en la asignación de los recursos públicos.
Asimismo, contiene la regulación imprescindible para alcanzar los fines expuestos,
tras constatarse que no existen otras medidas menos restrictivas de derechos o que
impongan menos obligaciones o cargas innecesarias a las personas destinatarias, siendo
así la regulación contenida en esta norma proporcional a la finalidad perseguida, ya que
la subvención es el instrumento principal del que disponen las administraciones para el
desarrollo de su actividad de fomento y constituye el medio más adecuado para conciliar
los medios de que se disponen y los fines que se tratan de obtener.
En relación con la seguridad jurídica, se establece una regulación precisa y
sistemática con el fin de facilitar la participación de las personas y entidades destinatarias
y coherente con el resto del ordenamiento jurídico. Asimismo los plazos establecidos en
el procedimiento de concesión se consideran los adecuados para una correcta valoración
de los proyectos que se presenten.
Respecto al principio de transparencia, la tramitación de estas subvenciones se
ajusta a lo dispuesto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, respecto
al trámite de consulta pública previa, y en el artículo 45 de la Ley 6/2006, de 24 de
octubre, de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con los
trámites de audiencia e información pública, a efectos de garantizar un mayor acierto en
la confección final del texto que pretende aprobarse y para que el mismo cuente con una
amplia participación del sector al que va dirigida la norma. A su vez, se han solicitado los
informes preceptivos pertinentes.
La concesión de estas subvenciones está sujeta el cumplimiento de una serie de
objetivos que aseguran la imparcialidad del proceso de selección y evitan cualquier
restricción en la competencia de las personas y entidades del sector; por ello, serán
objeto de la máxima difusión para posibilitar el acceso a las mismas al mayor número de
solicitantes posible.
Por todo lo expuesto, a propuesta de la Secretaría General para la Cultura, en uso
de las facultades que me confiere el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del
Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el artículo 26.2.a) de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 118.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de
2 de marzo, y el artículo 4.6 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de
Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto
282/2010, de 4 de mayo,

Artículo 1. Aprobación de las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en
régimen de concurrencia competitiva, al desarrollo de proyectos de obras audiovisuales
en Andalucía.
1. Mediante la presente orden se aprueban las bases reguladoras de concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, al desarrollo de proyectos de
obras audiovisuales en Andalucía, que estarán integradas por:
a) El texto articulado de las bases reguladoras tipo de la Junta de Andalucía para
la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, aprobadas
mediante Orden de 20 de diciembre de 2019, de la Consejería de Presidencia,
Administración Pública e Interior (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre), que se considera
parte integrante de la presente norma.
b) El cuadro resumen que se incorpora a continuación como Anexo I.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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