3. Otras disposiciones. . (2024/55-31)
Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público prestado por la empresa UTE Urbano Fuengirola, concesionaria del servicio público de transporte urbano en el municipio de Fuengirola (Málaga), mediante el establecimiento de los servicios mínimos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Martes, 19 de marzo de 2024

página 41964/2

Las propuestas de servicios mínimos son las siguientes:
La empresa remite mediante correo electrónico su propuesta en fecha 8 de marzo de
2024, que consiste en un porcentaje del 68,75% sobre la plantilla convocada.
El comité de empresa remite su propuesta mediante correo electrónico en fecha 7 de
marzo de 2024 y propone un porcentaje del 15% sobre la plantilla convocada.
El Ayuntamiento de Fuengirola remite su propuesta de servicios mínimos el 9 de
marzo de 2024 mediante correo electrónico, proponiendo un porcentaje del 78,57%.
Vistas las propuestas de las partes, la Delegación Territorial de esta Consejería en
Málaga procede a elaborar la correspondiente propuesta de regulación de servicios
mínimos que eleva a esta Dirección General en fecha 13 de marzo de 2024, que se ha
modificado en base a las siguientes consideraciones:
Primera. Fuengirola es un municipio formado por un único núcleo de población,
con extensión de 10,37 km², urbanizado casi en su totalidad y con 85.598 habitantes
empadronados, eminentemente turístico, y dado que la convocatoria de huelga coincide
con la festividad de la Semana Santa se prevé un aumento considerable de visitantes y
ciudadanos que se desplazan desde todos los puntos de la ciudad.
Segunda. Aunque la huelga sea de solo 3 horas frente a las 18 de servicio, en la
franja horaria de la huelga (de 7:15 horas a 10:15 horas) se concentra el 17,18% de los
usuarios del transporte a lo largo del día, de ahí la transcendencia de la huelga sobre otro
tipo de actividades, como son los retrasos o mayores dificultades de los ciudadanos para
el acceso al trabajo, la paralización de las actividades a desarrollar y la imposibilidad de
asistencia de los menores a sus respectivos centros educativos.
Tercera. Los precedentes administrativos, consentidos o no impugnados como la
Resolución de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, de fecha 28
de noviembre (BOJA 232, de 4 de diciembre de 2023), que regulan servicios de similares
características.
Por estos motivos, entendiendo que con ello se garantiza el adecuado equilibrio
entre los derechos de los ciudadanos y el derecho de los trabajadores a realizar el
efectivo ejercicio de la huelga, el contenido de esta regulación es el que consta en el
anexo, regulación que se establece de conformidad con lo que disponen las normas
aplicables: artículo 28.2 de la Constitución; artículo 63.1.5.º del Estatuto de Autonomía
para Andalucía; artículo 10, párrafo 2.º, Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo; Real
Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la
Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo; Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de
Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto; Decreto
155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que
se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización
territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía,

Primero. Establecer los servicios mínimos, que figuran en el anexo de esta resolución,
para regular la situación de huelga convocada en la empresa UTE Urbano Fuengirola
en el municipio de Fuengirola afectando a toda la plantilla de la empresa. La huelga se
llevará a cabo de 7:15 horas a 10:15 horas, los siguientes días de los meses de marzo y
abril del año 2024:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00298751

RESU ELVO