3. Otras disposiciones. . (2024/51-33)
Resolución de 4 de marzo de 2024, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, el Ayuntamiento de Campillo de Arenas y el Ayuntamiento de Noalejo (provincia de Jaén) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía de los municipios de Campillo de Arenas y Noalejo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 51 - Miércoles, 13 de marzo de 2024

página 41725/6

Segunda. Compromisos de las partes.
2.1. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía,
corresponde a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural:
- La construcción de las infraestructuras EDAR y Agrupación de vertidos de Campillo
de Arenas-Noalejo.
- El abono del coste total de la actuación, que incluye, consultoría y servicios técnicos,
redacción de proyecto, dirección de obra, ensayos y controles varios, seguridad y salud,
ejecución de las obras, y cuantos costes sean necesarios para la correcta ejecución de
las infraestructuras, incluido el coste de la indemnización por expropiación de bienes y
derechos afectados por ellas (excluidas las indemnizaciones que legalmente procedan
por retrasos que no sean imputables a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía).
Dicho abono se hará con cargo al canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de
interés de la Comunidad Autónoma.
- La tramitación de los procedimientos de prevención y evaluación ambiental y demás
procedimientos que le correspondan de acuerdo con la normativa ambiental, así como,
en su caso, las modificaciones que procedan, previamente a la aprobación del proyecto
definitivo de construcción.
- La aprobación de los anteproyectos/proyectos de obra (acompañada de la
relación de bienes y derechos afectos y de la valoración de los mismos a efectos de
los correspondientes procedimientos expropiatorios) y resto de documentación técnica
necesaria para su ejecución.
- La tramitación del procedimiento expropiatorio a favor de los Ayuntamientos de
Campillo de Arenas y Noalejo en su condición de beneficiario de las obras.
- La asunción de los costes derivados de las expropiaciones.
- La licitación y adjudicación de las obras, sometiéndose la contratación a lo dispuesto
en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. La licitación y
adjudicación se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y en su caso, en
el Diario Oficial de la Unión Europea.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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1.3. El importe estimado total del convenio asciende a siete millones trescientos
once mil novecientos sesenta y un Euros con cuarenta y nueve céntimos (7.311.961,49 €,
incluido IVA 21%).
1.4. Los núcleo de población beneficiados son Campillo de Arenas y Noalejo.
1.5. Los terrenos sobre los que se ubican las infraestructuras se localizan en el plano
del Anexo. El colector comienza en el entorno del Aljibe de Fuentenueva de Noalejo,
conduciendo el agua residual hasta la margen derecha del arroyo de la Nava para
discurrir posteriormente hacia el norte y cruzar el núcleo urbano de Campillo de Arenas,
en la parcela 69 del polígono 6 de ese termino municipal.
1.6. Las infraestructuras objeto de construcción mediante este convenio y objeto
de financiación mediante el canon de mejora autonómico, responden al objetivo de
cumplimiento de la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de
octubre de 2000, de manera que la Junta de Andalucía, mediante Acuerdo del Consejo
de Gobierno de 26 de octubre de 2010, declaró de interés de la Comunidad Autónoma de
Andalucía aquellas actuaciones necesarias para el cumplimiento del objetivo de calidad
de las aguas, por lo que con la ejecución de la obra objeto de este convenio se culminan
las infraestructuras declaradas de Interés de la Comunidad Autónoma en la aglomeración
de Campillo de Arenas-Noalejo.
1.7. Con la ejecución de las obras objeto de este convenio se culminan las
infraestructuras de saneamiento y depuración del municipio de Campillo de Arenas que se
enmarcan en el protocolo de fecha 19 de julio de 2017, entre el Ministerio de Agricultura y
Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación
del Territorio de la Junta de Andalucía mencionado en el expositivo XX.