Disposiciones generales. . (2024/47-1)
Decreto 69/2024, de 4 de marzo, por el que se establece el contenido y efectos de la declaración de emergencia de interés general de Andalucía y se aprueba el Plan Territorial de Emergencias de Protección Civil de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 47 - Jueves, 7 de marzo de 2024

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8. Catalogación de medios y recursos.
El catálogo de medios y recursos recoge información relativa a los medios y recursos
pertenecientes a las distintas administraciones públicas, organismos y entidades
privadas, así como personal técnico y de colaboración, que pueden ser movilizados
ante emergencias contempladas en el PTEAnd. La información sobre este catálogo se
desarrolla en el Anexo 9.
8.1. Criterios de catalogación.
El catálogo de medios y recursos del PTEAnd se constituye como marco normalizador
en el ámbito de Andalucía, estableciendo criterios aplicables a toda catalogación
realizada en la planificación de emergencias, a efectos de posibilitar la compatibilidad y la
complementariedad.
A efectos de catalogación se consideran tres grandes grupos:
• Medios humanos. Grupos, organismos, colectivos, asociaciones y personal capacitado
para llevar a cabo organizadamente algunas de las acciones específicas de protección civil.
• Medios materiales. Equipos y materiales diversos de carácter móvil, que se pueden
utilizar en alguna de las actividades de protección civil.
• Recursos. Elementos o conjuntos de elementos de carácter esencialmente estático
cuya disponibilidad hace posible o mejora las tareas propias de protección civil.
La información registrada debe al menos responder a los siguientes datos:
• Denominación.
• Titularidad.
• Ubicación.
• Medios de contacto.
• Procedimientos de activación y movilización.
• Disponibilidad.
8.2. Estructura de catalogación.
El catálogo incluye los medios y recursos de la Junta de Andalucía, así como los
asignados por otras administraciones públicas, organismos y entidades privadas,
conforme a los convenios de colaboración.
En el desarrollo del catálogo de medios y recursos del PTEAnd se integrarán los
catalogados en la planificación de ámbito local.
En todos los casos en que se realice asignación de medios o recursos, se
contemplarán al menos las siguientes especificaciones:
• Funciones a desempeñar dentro de las previstas en el Plan.
• Procedimiento de activación de los medios y recursos asignados a requerimiento
del órgano previsto en el Plan correspondiente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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• Deficiencias observadas en los procedimientos de actuación.
• Tiempos de respuesta.
• Información y avisos a la población.
• Actuaciones en la fase de recuperación.
• Acciones de mejora del Plan.
Las actuaciones de revisión están dirigidas a la reestructuración y complementación
del PTEAnd con relación a cambios estables en el objeto y contenidos del mismo, que
pueden estar motivados por causas técnicas o de ordenación administrativa y normativa.
Las revisiones se realizarán cada cinco años, salvo causa motivada, y pueden dar
lugar a un nuevo Plan que conllevaría la aprobación por el Consejo de Gobierno. En el
caso de que la revisión no conllevase un nuevo Plan, se reflejará en una resolución de la
persona titular de la consejería competente en materia de protección civil.
Toda aquella alteración en el contenido del Plan que afecte a la organización del
mismo deberá ser comunicada con la suficiente antelación, con el fin de mantener la
vigencia y operatividad del mismo. Dicho compromiso se extiende a todos los organismos
y entidades que participan en el Plan.