Disposiciones generales. . (2024/47-1)
Decreto 69/2024, de 4 de marzo, por el que se establece el contenido y efectos de la declaración de emergencia de interés general de Andalucía y se aprueba el Plan Territorial de Emergencias de Protección Civil de Andalucía.
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Número 47 - Jueves, 7 de marzo de 2024

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de «Seguridad y Medio Ambiente», en la que se encuentra la especialidad formativa
denominada «Planes de Evacuación y Emergencias», así como otras acciones formativas
conducentes a la obtención de Certificados de Profesionalidad.
7.1.5. Programación de información y divulgación.
Se desarrollarán programas de información y divulgación dirigidos a las entidades
locales, la ciudadanía y los integrantes de los servicios.
Los programas de información a las entidades locales estarán dirigidos a proporcionar
los datos básicos y necesarios para el desarrollo y la adecuación de los planes de
emergencia de ámbito local. El contenido versará sobre:
• Actuaciones básicas en el ámbito local.
• Acopio y suministro de información sobre medios y recursos.
• Apoyo en la toma de decisiones. Coordinación con el CECOPAL.
• Difusión de consejos para la población.
• Procedimientos de integración en planes de ámbito superior.
• Estudio para la elección e implantación de los sistemas de aviso en caso de
emergencia. Se considerará el alcance de las consecuencias, la densidad y distribución
de la población y la tipología del emplazamiento.
En cuanto a la ciudadanía, dentro de la fase de implantación, se acometerá una
política informativa de cara a la divulgación del Plan entre la población a fin de facilitar la
familiarización de ésta con las medidas de protección. Se realizarán campañas, con los
siguientes contenidos:
• Divulgación e información pública sobre el Plan.
• Información de tipo preventivo para trasladar conocimientos sobre los riesgos
potenciales, así como sobre las medidas de prevención y protección.
• Información sobre los mecanismos y sistemas de comunicación con la población.
• Divulgación de medidas de autoprotección.
• Información sobre colaboración y apoyo en tareas de voluntariado.
Los integrantes de los servicios recibirán información del Plan por parte de sus
responsables.
Se tendrá en cuenta el cumplimiento de no discriminación por razón de sexo en
aquellas campañas de información y divulgación que se lleven a cabo de acuerdo con el
artículo 4.10 y en el artículo 57 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción
de la igualdad de género en Andalucía, lo cual implica que se especificará que el lenguaje
verbal y escrito utilizado en las campañas divulgativas de información habrán de respetar
el principio de igualdad de género y no reproducir sesgos sexistas.
7.1.6. Comprobación de la eficacia del modelo implantado.
Se comprobará la eficacia del modelo implantado mediante ejercicios y simulacros y,
como consecuencia, se analizarán las posibles mejoras.
La finalidad es la de evaluar la operatividad del Plan respecto a las prestaciones
previstas y adoptar las medidas correctoras pertinentes o revisar su operatividad, si
fuese necesario. En este sentido, deben establecerse criterios para la evaluación de
la coordinación de las actuaciones y la eficacia de éstas. Se comprobará la respuesta
(calidad, rapidez y eficacia) con relación a:
• Sistemas de localización y redes de transmisiones.
• Sistemas de aviso a la población.
• Actuación de los operativos.
• Estructura de coordinación y dirección.
• Medidas de actuación previstas.
En el plazo máximo de un mes se redactarán informes sobre los resultados de los
ejercicios realizados y una valoración final. Éstos servirán de base para las adaptaciones
en el Plan con la finalidad de obtener una mayor coherencia y efectividad de la respuesta
frente a situaciones de emergencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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