Disposiciones generales. . (2024/47-1)
Decreto 69/2024, de 4 de marzo, por el que se establece el contenido y efectos de la declaración de emergencia de interés general de Andalucía y se aprueba el Plan Territorial de Emergencias de Protección Civil de Andalucía.
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Número 47 - Jueves, 7 de marzo de 2024

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• Hacer el control higiénico-sanitario del agua, de los alimentos y del alojamiento y
otras medidas de sanidad pública.
• Determinar las recomendaciones y mensajes de salud a la población.
• Control epidemiológico.
• Primera valoración sanitaria y triaje de las personas afectadas.
• Realizar la asistencia psicológica de emergencias a víctimas, familiares e intervinientes.
• Ordenar la evacuación de personas afectadas a centros asistenciales.
• Valorar los daños en la red hospitalaria.
• Estimar número de víctimas.
4.9.3. Grupo de Seguridad.
Servicios operativos integrantes:
• Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
• Jefatura provincial de Tráfico.
• Equipo de respuesta ante emergencias informáticas (AndalucíaCERT).
Funciones:
• Garantizar la seguridad ciudadana.
• Señalizar y ordenar la zona afectada.
• Establecer controles en las vías de acceso a las zonas afectadas y la regulación del
tráfico.
• Colaborar en la información y avisos a la población.
• Custodiar los bienes en las zonas afectadas.
• Colaborar en la identificación e investigación de daños.
• Ordenar y participar en la evacuación de personas.
• Prevenir, detectar y responder eficazmente a los incidentes de seguridad que
puedan materializarse sobre los sistemas informáticos.
4.9.4. Grupo de Apoyo Logístico y Social.
Podrán ser integrantes, entre otros, los siguientes servicios:
• Servicios adscritos a las delegaciones provinciales o territoriales de las consejerías
competentes en función de las características del riesgo y del ámbito territorial afectado.
• Servicios dependientes de las entidades locales.
• Servicios de carreteras dependientes de la AGE.
• Unidad Militar de Emergencias (UME).
• Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protección Civil (ALVPC).
• Cruz Roja u otras organizaciones no gubernamentales.
• La Red Nacional de Radio de Emergencia (REMER).
• Empresas de servicios y suministros, públicas y privadas.
• Servicios dependientes de la Diputación Provincial afectada.
• Servicios adscritos al Plan INFOCA.
• Grupo de Emergencias de Andalucía (además de su función como personal técnico
de gestión de emergencias del PMA).
Funciones:
• Desarrollar actuaciones dirigidas a la gestión:
• Del suministro de material complementario necesario para los distintos grupos
operativos en el desarrollo de sus funciones durante la emergencia.
• Del suministro de maquinaria y equipamiento técnico para la recuperación de los
servicios.
• Del transporte de equipos y personal a las zonas de intervención.
• De los medios de abastecimiento y alojamiento de la población afectada.
• De los medios de alojamiento de los colectivos participantes en la emergencia.
• Aportar un sistema de comunicaciones alternativo y complementario en caso de
limitaciones en los canales normalmente disponibles.
• Acondicionar las infraestructuras para el personal interviniente: puntos de reunión,
vestuarios, aseos, comedor...
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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