3. Otras disposiciones. . (2024/47-46)
Acuerdo de 4 de marzo de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan General de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía para el año 2024.
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Número 47 - Jueves, 7 de marzo de 2024

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servicio de las Administraciones Públicas, o bien mediante otras fórmulas contempladas
en la normativa de función pública.
Ámbito: Junta de Andalucía.
2.2. Control de la incapacidad temporal en la Administración de la Junta de Andalucía:
elaboración de una propuesta de protocolo de actuación de los órganos gestores y de
control.
Objetivo: El objetivo de la actuación inspectora es la redacción de un nuevo protocolo
para el control de la incapacidad temporal (IT) en la Administración de la Junta de
Andalucía por los órganos gestores en materia de personal, las Unidades Médicas de
Valoración de Incapacidades (UMVIs) y la Inspección General de Servicios (IGS), que se
estima necesario tanto por las nuevas tecnologías aplicables a la comunicación entre los
órganos concernidos, que permite la transmisión de datos en entorno seguro, como por las
modificaciones establecidas por la normativa estatal en la gestión de la IT, operadas por
el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de
la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos
sesenta y cinco días de su duración, y por la Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, por la
que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio.
El artículo 15.2.c) del Decreto 601/2019, de 3 de diciembre, entre las funciones
atribuidas a la IGS en materia de ética pública e integridad incluye la de velar por el
adecuado control por parte de los órganos directivos con competencias en materia de
personal del seguimiento del absentismo y de sus causas.
La principal causa de absentismo en la Administración de la Junta de Andalucía es la
debida a la IT, que en el año 2023 representó el 82% de las jornadas perdidas, y para cuyo
control se suscribió el 16 de diciembre de 2005 un protocolo entre la Dirección General
de Inspección y Evaluación de la Consejería competente en materia de Administración
Pública, la Secretaría General Técnica de la Consejería competente en materia de salud
y la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería competente en materia de
educación.
La actuación conllevará la redacción de un nuevo protocolo que contribuya a la
adecuada coordinación de los órganos gestores de personal, las UMVIs y la Inspección
General de Servicios en el control de la IT del personal de la Administración de la Junta
de Andalucía.
Ámbito: Inspección General de Servicios e Inspecciones sectoriales de la Junta de
Andalucía competentes en materia de control de la IT del personal de la Administración
de la Junta de Andalucía así como Inspección de los Servicios Sanitarios y Asesorías
Médicas de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional.
2.3. Análisis de la declaración sobre las causas de posible incompatibilidad del
personal alto cargo de la Administración de la Junta de Andalucía y de la declaración de
actividades, bienes, intereses del personal alto cargo y de otros cargos públicos.
Objetivo: Analizar las características, contenido y gestión de la declaración sobre las
causas de posible incompatibilidad del personal alto cargo de la Administración de la
Junta de Andalucía, y de la declaración de actividades, bienes e intereses del personal
alto cargo y de otros cargos públicos, al objeto de introducir las mejoras que, en su caso,
resulten convenientes para optimizar la gestión de dichas declaraciones, y, por otro lado,
de constatar si el modelo de declaración se ajusta a lo previsto en la Ley 3/2005, de 8 de
abril, de Incompatibilidades y Retribuciones del personal Alto Cargo de la Administración
de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y
Retribuciones del personal Alto Cargo y otros Cargos Públicos, tras las modificaciones
experimentadas por esta.
En los últimos años, la Ley 3/2005, de 8 de abril, se ha visto modificada como
consecuencia de la aprobación de la Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude
y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante y del Decreto-ley
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía