3. Otras disposiciones. . (2024/47-46)
Acuerdo de 4 de marzo de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan General de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía para el año 2024.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 47 - Jueves, 7 de marzo de 2024

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2. Ética pública e integridad.
La ética pública y la integridad aplicadas a todas las personas que prestan un servicio
público, desde el punto de vista de los valores y su conducta, han de guiar su desempeño
y su práctica profesional, y a cómo han de dar integridad y responsabilidad a una
conducta orientada a la realización del servicio público conducido por los principios de la
calidad, de la responsabilidad y de la eficiencia, que son elementos de primera magnitud
tanto en la sociedad y en la vida pública de hoy, como en las Administraciones Públicas y
en los servicios que recibe la ciudadanía.
En general, en el mundo contemporáneo y sobre todo en las democracias avanzadas
se observa un crecimiento importante de la ética pública o ética de las instituciones
públicas y, por tanto, de la extensión de unos valores y normas de conducta aplicables a
las personas que tienen la condición de cargos o servidores públicos, que son quienes
deciden, gestionan o administran bienes y servicios públicos.
En cualquier organización, también en el sector público, los recursos humanos
competentes, profesionales, cualificados e íntegros son su principal activo. De hecho,
constituyen un elemento clave para, en un marco definido por principios y valores, hacer
que los servicios públicos sean más eficaces, más eficientes, más sostenibles y más
orientados a la obtención de resultados; y de esta forma alcanzar mayores cotas de
confianza ciudadana.
En materia de ética pública e integridad, las actuaciones inspectoras contenidas
en el presente Plan están vinculadas con la verificación de que el funcionamiento, la
actividad y el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus
entidades instrumentales, se desarrollan en el marco del ordenamiento jurídico vigente
que propugna los valores anteriormente expuestos, tratándose, pues, de actuaciones
amparadas en el artículo 15 del Decreto 601/2019, de 3 de diciembre.
2.1. Análisis de las opciones para el desempeño de una segunda actividad en el
sector público de la Junta de Andalucía.
Objetivo: Proponer las distintas opciones que ofrece la legislación para que el
personal al servicio de la Junta de Andalucía pueda ocupar otro puesto público en la
Administración Autonómica Andaluza por necesidades de la prestación del servicio o
pueda realizar otras funciones diferentes a las propias del puesto que desempeñe.
Se trata de realizar un examen de las distintas opciones para que, por necesidades
urgentes de la prestación del servicio público, el personal al servicio de la Junta de
Andalucía, fuera de su jornada ordinaria de trabajo, pueda realizar otras actividades
relacionadas con sus atribuciones, como por ejemplo, dictámenes propuesta para el
reconocimiento del grado de valoración de las personas con discapacidad, bien como
una segunda actividad compatible de acuerdo con lo establecido en el artículo tercero,
párrafo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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necesarios, haciendo especial hincapié en las personas que por edad o carencia de
medios les es complicado entender o comprender la actuación administrativa.
La actuación va encaminada, en primer lugar a comprobar la efectividad en la
implantación de las OAMR, especificando las funciones y servicios que prestan. Para
ello deberá valorarse la carga de trabajo y la dotación de puestos en las oficinas. Se
comprobará, asimismo, el grado de cumplimiento de los horarios de apertura de las
OAMR, tanto en horario de mañana como, en su caso, para el turno de tarde.
Asimismo, se comprobará la existencia de funcionarios o funcionarias habilitados que
garanticen la prestación del servicio, la presentación de documentación, la verificación de
firmas, etc., para aquellas personas físicas que por edad, carencia de medios electrónicos
o cualquier otra razón tengan dificultades a la hora de acceder al servicio por medios
electrónicos o para presentar documentación.
Ámbito: Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en todas las provincias,
y una muestra de Delegaciones Territoriales (ámbito temporal: 2023).