3. Otras disposiciones. . (2024/47-46)
Acuerdo de 4 de marzo de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan General de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía para el año 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 47 - Jueves, 7 de marzo de 2024

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6. Evaluación e innovación.
En materia de evaluación e innovación corresponde a la Inspección General de
Servicios verificar la implantación de los procesos de seguimiento, evaluación y mejora
continua de los servicios públicos y de las políticas públicas, así como detectar los
contenidos innovadores y las buenas prácticas en la Administración de la Junta de
Andalucía, así como en su sector público. En particular, el objetivo de prestar unos
servicios públicos eficaces y de calidad, como exige hoy la ciudadanía a sus gobiernos
y Administraciones Públicas, requiere de organizaciones públicas diseñadas con un
enfoque organizativo y funcional adaptativo y flexible, que facilite la generación de
sinergias con otros actores en contextos de gobernanza y cooperación.
En este sentido, las actuaciones que se incluyen en el presente Plan abarcan líneas
de trabajo encaminadas al impulso de un nuevo modelo de gestión pública al servicio
de los intereses generales y a la mejora en el diseño de políticas y programas públicos,
incrementando con ello los niveles de calidad de los servicios prestados.
6.1. Análisis de la gestión del personal estatutario temporal en el Servicio Andaluz de
Salud.
Objetivo: El objetivo de la actuación inspectora es analizar la gestión que lleva a
cabo el Servicio Andaluz de Salud en relación con el personal estatutario temporal tras
la modificación del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud,
operada por el Real Decreto Ley 12/2022, de 5 de julio, por el que se modifica la Ley
55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios
de salud.
El Real Decreto-Ley 12/2022, de 5 de julio, procedió a la modificación de determinados
aspectos del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, aprobado
por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, cumpliendo así la previsión de la disposición
final segunda del Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público, disposición conforme a la cual, en el
plazo de un año desde la entrada en vigor del citado Real Decreto-ley se procedería a la
adaptación de la normativa del personal docente y del personal estatutario y equivalente
de los servicios de salud a lo dispuesto en los artículos 10 y 11 y en la disposición
adicional decimoséptima del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, de acuerdo con las peculiaridades propias de su régimen jurídico.
La modificación operada por el Real Decreto-ley 12/2022, de 5 de julio, en el
Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, además de otros
aspectos, afectó al artículo 9 e introdujo los artículos 9 bis, 9 ter y 9 quater, regulando
el personal estatutario temporal y el sustituto y disciplinando las medidas dirigidas al
control de la temporalidad. En síntesis la modificación se dirige a reducir y controlar la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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del tratamiento, o a través de la figura del delegado de protección de datos o, en su caso,
también a través de un encargado del tratamiento.
Además de pretender obtener información genérica sobre los tratamientos, las
mencionadas personas pueden formalizar una solicitud para el ejercicio de cualquiera de
los derechos que consagra dicha normativa en relación con el tratamiento de sus datos
personales, que deberá tener respuesta en los plazos establecidos.
La actuación inspectora, que da continuidad a una actuación similar incluida en el
Plan de Inspección anterior, pretende analizar la existencia y grado de utilización de
instrumentos para llevar a cabo tanto una solicitud genérica de información como la
formalización del ejercicio de los mencionados derechos, así como de los protocolos y
procedimientos internos que se aplican para dar adecuada respuesta a dichas peticiones,
conocer quién participa en la elaboración de la respuesta y cómo se formaliza la misma.
Ámbito: Se realizará en una muestra de responsables de tratamiento de Consejerías,
Delegaciones Territoriales y entidades instrumentales, que no hubieran sido incluidos en
la actuación similar del PGI 2023.