3. Otras disposiciones. . (2024/44-38)
Decreto 62/2024, de 27 de febrero, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Patrimonial, el Valle del Darro, en los términos municipales de Beas de Granada, Granada y Huétor Santillán, en la provincia de Granada.
31 páginas totales
Página
Número 44 - Lunes, 4 de marzo de 2024

página 41385/6

Como resultado del afán transformador de la imagen de la ciudad tras la conquista
cristiana y de las nuevas formas de posesión de la tierra por la nobleza y el clero, ha
quedado el legado de edificios religiosos y civiles de gran entidad, concentrados en parte
en el tramo urbano del río. En el grupo de las construcciones religiosas se erigen las
iglesias mudéjares, encontrándose en el ámbito de protección las de San Pedro y Santa
Ana, mientras que extramuros de la ciudad se construye la Abadía del Sacromonte,
erigida con motivo del descubrimiento fortuito de los Libros Plúmbeos, como elemento
para legitimar el origen cristiano de la ciudad, y que constituye un ejemplo señero del
barroco granadino, formado por el colegio, seminario, iglesia y el interesante complejo de
las santas cuevas. Construcciones productivas o residenciales entre las que destaca la
Hacienda de Jesús del Valle, de titularidad de la Compañía de Jesús, que incluye la zona
residencial y la zona productiva, con molino, horno, lagar y cuadra yegüeriza.
Además del de Jesús del Valle y relacionados con el aprovechamiento de la fuerza
motriz del agua, los molinos utilizan en su construcción técnicas de los especialistas en
la «carpintería de lo prieto», de gran tradición en Granada: molinos para la molienda del
cereal; para accionar el mecanismo de los batanes, como es el caso del Molino del Batán;
para desengrasar la lana o para la elaboración de papel, uso que tenía el Molino del Papel.
La tipología residencial del carmen, existente desde la Edad Media, alcanzará su
configuración plena en el siglo XIX con la incorporación de elementos como cenadores,
parterres, barandillas de hierro, glorietas, etc. Entre ellos destaca el Carmen de los
Chapiteles, que fue propiedad del Gran Capitán y posee un alto valor artístico tanto por su
configuración como por los elementos decorativos interiores: alfarjes, armadura mudéjar
ochavada en la escalera principal, etc., o los Cármenes de la Victoria y del Granadillo.
La geología del valle posibilitó desde antiguo el aprovechamiento de los recursos
mineros, en especial los aluviones auríferos del conglomerado Alhambra, hecho
favorecido además por la presencia del agua como fuerza motriz para el desarrollo de las
explotaciones mineras. Se ha señalado que el origen de las explotaciones mineras data de
época romana, interpretándose que la Acequia de los Arquillos formaba parte de la mina
identificada en el Hoyo de la Campana cuya particular morfología responde a la técnica
de la ruina montium. El aprovechamiento del oro, que de hecho da nombre al propio río,
queda testimoniado en las fuentes históricas árabes y en fuentes documentales hasta el
siglo XVII, aunque su importancia decae en gran medida tras el descubrimiento de las
ricas explotaciones auríferas en América. Aun así, el interés por la explotación del oro
del Darro no desaparece del todo y vivirá un último momento de esplendor entre los años
1870 y 1890, con la explotación del Hoyo de la Campana promovida por Adolphe Goupil.
El valle posee también un extraordinario patrimonio intangible que aglutina saberes,
actividades, actos festivos, usos, comportamientos sociales, cultura oral; en definitiva
la obra colectiva producto de una cultura que ayuda a entender la estructura, usos y
funcionamiento de este territorio. La histórica regulación del uso del agua quedaría
compilada en las Ordenanzas de la Real Acequia del Conde de Tendilla de 1517, vigentes
hasta el siglo XIX. Los derechos históricos contenidos en las mismas, de aprovechamiento
del agua del río Darro desde su nacimiento hasta la medina por fincas como el Cortijo de
Cortes, constatan la existencia de una red de regadío. Del mismo modo, las Ordenanzas
del Agua de 1538 recogen la regulación del regadío de esta zona, el Carmen de los
Granados o Jesús del Valle, así como las fincas de los barrios del Albaicín y del Realejo,
además de la ciudadela de la Alhambra y el Generalife. Este conjunto de regulaciones,
prácticas y saberes para el uso del agua, aunque adaptado a la realidad actual, pervive
constituyendo un patrimonio inmaterial de primer orden.
Otro elemento del patrimonio inmaterial asociado a elementos de identidad muy
fuerte es el uso de caminos, veredas, cordeles y cañadas, vinculados al paso de la
trashumancia. Estas vías conectan el valle con las demarcaciones geográficas de
diversas localidades como Huétor Santillán, Beas de Granada, Cenes de la Vega, Dúdar
o Quéntar. Constituyen una infraestructura vertebradora de la economía y pionera
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297944

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía