3. Otras disposiciones. . (2024/44-38)
Decreto 62/2024, de 27 de febrero, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Patrimonial, el Valle del Darro, en los términos municipales de Beas de Granada, Granada y Huétor Santillán, en la provincia de Granada.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Lunes, 4 de marzo de 2024

página 41385/2

III. La Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Granada, mediante
Resolución de 9 de marzo de 2023 (publicada en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía número 49, de 14 de marzo de 2023, con corrección de errores en el
número 172, de 7 de septiembre de 2023), incoó el procedimiento para la inscripción
en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural,
tipología Zona Patrimonial, del Valle del Darro, en los términos municipales de Beas de
Granada, Granada y Huétor Santillán (Granada), siguiendo la tramitación establecida en
la Ley 14/2007, de 26 de noviembre.
La Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Granada emitió informe favorable
a la inscripción del Valle del Darro como Bien de Interés Cultural con la tipología de Zona
Patrimonial en sesión celebrada el 1 de febrero de 2024, cumpliendo así con lo previsto
en el artículo 9.6 de la citada ley.
De acuerdo con la legislación aplicable se cumplimentaron los trámites preceptivos
de información pública (mediante anuncio publicado en Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía número 212, de 6 de noviembre de 2023), y de audiencia a los ayuntamientos
de Beas de Granada, Granada y Huétor-Santillán en Granada y a organismos afectados;
habiéndose recibido escritos de alegaciones durante dichos trámites que han sido
contestados por la Delegación Territorial de la Consejería en Granada, tal como consta
en el expediente.
Terminada la instrucción del procedimiento, de conformidad con el artículo 9 de la Ley
14/2007, de 26 de noviembre, procede inscribir en el Catálogo General del Patrimonio
Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Patrimonial,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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tenido lugar en él; todas ellas íntimamente ligadas a la explotación y aprovechamiento del
agua. A estos bienes se superponen los valores naturales y paisajísticos que configuraron
y permitieron la ocupación de este ámbito geográfico que, desde las cabeceras del rio y
sus cauces tributarios, se desarrolla por los términos municipales de Huétor Santillán,
Beas de Granada y Granada, y que ofrecen actualmente un alto valor de uso y disfrute
para la comunidad, en un íntegro paisaje ambiental y cultural.
Los argumentos de carácter patrimonial que avalan la protección del Valle del Darro
como Bien de Interés Cultural con la tipología de Zona Patrimonial son sustanciales.
De la ocupación del valle existen evidencias desde época romana hasta nuestros días,
alcanzando periodos de máximo esplendor como la época medieval y manifestaciones
de gran brillantez en épocas sucesivas, diseminadas por el territorio y agrupadas también
en el ámbito urbano de Granada. Entre los yacimientos romanos se han identificado una
villa y otras estructuras de envergadura junto al Cortijo de Cortes, cerca de la confluencia
con el arroyo de Beas. Por su parte, la Edad Media es un hito en la evolución histórica
de este territorio; alquerías medievales, construcciones con funciones defensivas y la
ciudadela amurallada de la Alhambra constituyen ejemplos sobresalientes de esta etapa.
Se configura en este periodo un territorio que se articula en torno al sistema hidráulico
y su cohorte de elementos asociados (presas, puentes, acueductos, aljibes, albercas o
fuentes) y la histórica red viaria. En él se diseminan elementos vinculados a diversos
ámbitos de explotación (vegas agrícolas, espacios de aprovechamiento ganadero,
además de las explotaciones mineras, caleras...), y en el que se va formalizando
un patrimonio intangible de incalculable valor en relación con los usos del agua y los
usos ganaderos. Tras la conquista cristiana se suceden construcciones residenciales y
religiosas, tanto en el núcleo urbano de la ciudad de Granada como en las extensas
zonas rústicas que conforman el valle, con elementos de extraordinaria relevancia como
la Hacienda jesuítica de Jesús del Valle o la Abadía barroca de El Sacromonte, que junto
a iglesias mudéjares, palacios urbanos, cortijos y cármenes conforman un conjunto
patrimonial de primer orden, todo ello enmarcado en un sobresaliente espacio natural rico
y diferenciado que caracteriza los distintos tramos del río.