3. Otras disposiciones. . (2024/43-28)
Resolución de 23 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación del Convenio colectivo de la empresa Refrescos Envasados del Sur, S.L.U.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 43 - Viernes, 1 de marzo de 2024

página 41282/27

Artículo 52. Derechos sindicales.
Se asegura y reconoce la plena libertad sindical y, por consiguiente, la nodiscriminación por tal motivo.
A. Se garantiza el derecho de comunicación. A tal fin, la Empresa habilitará uno o
varios tablones de anuncios para la propaganda o comunicación de tipo laboral o sindical.
Estos tablones, estarán colocados en lugares de visibilidad para el personal.
B. Si existiese Comité de Empresa, RENDELSUR habilitará un local para las
reuniones de dicho Comité.
C. La Empresa descontará en la nómina las cuotas sindicales de aquellas personas
que lo hubiesen autorizado por escrito, con especificación de la Central Sindical, entidad
o persona receptora de las mismas.
D. Se respetará el derecho de reunión del personal para temas laborales y sindicales,
dentro de los locales de la Empresa, fuera de horas de trabajo o, en casos justificados,
dentro de las mismas, en cuyo supuesto no se computará su tiempo de duración como
de trabajo que deberá concluirse dentro de aquella, para lo que se prolongará durante el
tiempo no trabajado por tal motivo, salvo lo dispuesto en el artículo 21.M) del presente
convenio. La celebración de asambleas se pondrá en conocimiento de la Empresa con
dos días de antelación mínima, salvo imposibilidad de hacerlo por razones justificadas,
debiendo garantizarse por el Comité de Empresa o representación del personal el orden
en las mismas. Para la celebración de estas Asambleas, la Empresa facilitará el local
adecuado al efecto.
E. No serán tenidas en cuenta, a efectos de lo establecido en el artículo 68,
apartado e), del Estatuto de los Trabajadores, las horas dedicadas por el Comité
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, por trece representantes que deberán
guardar la proporcionalidad representativa de los distintos centros de trabajo, con el
mínimo de uno por cada centro.
2. Circunscribe su competencia a la negociación de los Convenios Colectivos
de Empresa. El Comité intercentros asumirá las competencias previstas en materia
de negociación colectiva en aquellos supuestos en que se remita a la constitución de
órganos conforme al 41.4.b), cuando las medidas afecten a más de un centro de trabajo.
3. Dicho Comité designará de entre sus miembros un/a Presidente/a y un/a
Secretario/a.
4. Para la deliberación de los Convenios Colectivos de Empresa elegirá a trece de
sus componentes como Comisión Negociadora.
5. El Comité Intercentros podrá reunirse al menos tres veces al año y celebrará
todas aquellas reuniones que sean necesarias para la preparación de los Convenios
Colectivos de Empresa, actuando en estos casos como convocantes la Presidencia del
Comité Intercentros o en su caso la Secretaria, los cuales comunicarán a la Empresa
las mencionadas convocatorias, al objeto de que sus distintos componentes puedan
desplazarse al Centro de Trabajo acordado para celebrar la reunión o en su caso a
la fábrica de La Rinconada (Sevilla), desde los distintos Centros de Trabajo a los que
pertenezcan.
Estas reuniones se celebrarán siempre a partir de las 10:00 de la mañana y se ha de
procurar por todos los medios que su finalización no sea con posterioridad a las 19:00
horas.
El párrafo anterior será igualmente de aplicación en aquellas ocasiones en que el
Comité Intercentros sea convocado directamente por la Dirección de la Empresa o en
aquellas otras en que se deba reunir la Comisión Paritaria.
6. El día de la firma del Acta de aprobación del Convenio Colectivo de Empresa,
se desplazarán todas las personas representantes de las personas trabajadoras. Con el
objeto de no entorpecer por dicha causa la labor diaria en los distintos Centros de Trabajo
de RENDELSUR, dicha firma se realizará siempre por la tarde.