Disposiciones generales. . (2024/41-3)
Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Dirección General de Planificación de la Investigación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de la Línea 2 de la Orden de 24 de octubre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa de Formación, Captación, Incorporación y Movilidad de los Recursos Humanos de I+D+I de la Estrategia de Investigación, Desarrollo e Innovación de Andalucía (EIDIA), Horizonte 2027, destinadas a financiar la contratación laboral de personal investigador doctor para su incorporación a los grupos de investigación de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 41 - Martes, 27 de febrero de 2024

página 41184/6

incluirá mención expresa en la memoria de actuación que se presente en el momento de
la justificación económica.
3. En el caso de personas que se acojan a los supuestos contemplados en el
artículo 21.2.c) de la orden de bases reguladoras durante el periodo de ejecución de
la ayuda se suspenderá el cómputo de la duración del contrato, debiendo la entidad
beneficiaria solicitar la interrupción y la prórroga del plazo de ejecución de la subvención
correspondiente al periodo de suspensión en el plazo de 20 días desde que se produzca
la baja.
4. Las ayudas a la contratación del personal doctor se extinguirán por las siguientes
circunstancias:
a) el vencimiento del contrato laboral cuando no sea prorrogado.
b) el transcurso del período máximo de duración de la ayuda.
c) renuncia.
5. De conformidad con lo indicado en el apartado segundo y lo establecido en el
artículo 5 de la orden reguladora se consideran subvencionables los gastos derivados
de la contratación del personal investigador, incluyendo los costes salariales y la cuota
patronal de Seguridad Social, de acuerdo con la normativa laboral vigente.
Séptimo. Financiación.
1. Las ayudas previstas en la presente convocatoria revestirán la forma de subvención
y están cofinanciadas en un 85% por el Fondo Social Europeo Plus con cargo al Programa
FSE+ de Andalucía 2021-2027 dentro del Objetivo Específico 4 a) y de la programación
financiera de la medida comunitaria D441ACD4N2.
Estas subvenciones se financiarán con cargo a las siguientes partidas del programa
presupuestario 54A «Investigación científica e innovación» de esta Consejería, y
por una cuantía máxima de 17.434.644,12 euros, de acuerdo con las disponibilidades
presupuestarias y según el siguiente desglose:
2024

2027

TOTAL

5.946.700,32

5.946.700,32

11.893.400,64

1500160000 G/54A/40200/00 D441ACD4N2

1.756.979,64

1.756.979,64

3.513.959,28

1500160000 G/54A/44200/00 D441ACD4N2

878.489,82

878.489,82

1.756.979,64

1500160000 G/54A/48000/00 D441ACD4N2
TOTAL

135.152,28

135.152,28

270.304,56

8.717.322,06

8.717.322,06

17.434.644,12

2. En aplicación del artículo 9.4 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se
regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las
subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias
administrativas y de régimen especial, la distribución entre los distintos créditos
presupuestarios tiene carácter estimativo. La alteración cualitativa de la clasificación
económica a nivel de capítulo, artículo, concepto y subconcepto de dicha distribución de
créditos para adecuarla a la naturaleza jurídica de las posibles entidades beneficiarias
no precisará de nueva convocatoria, pero sí de las modificaciones que procedan en
el expediente de aprobación del gasto de la convocatoria antes de la resolución de la
concesión. La distribución definitiva de la cuantía máxima entre los distintos créditos
presupuestarios se publicará en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal
publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de
nuevo cómputo de plazo para resolver.
3. De conformidad con el artículo 40 del texto refundido de la Ley General de Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía y su normativa de desarrollo se adquieren compromisos
de gasto de carácter plurianual.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297644

Partida presupuestaria
1500160000 G/54A/44100/00 D441ACD4N2