Disposiciones generales. . (2024/41-3)
Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Dirección General de Planificación de la Investigación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de la Línea 2 de la Orden de 24 de octubre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa de Formación, Captación, Incorporación y Movilidad de los Recursos Humanos de I+D+I de la Estrategia de Investigación, Desarrollo e Innovación de Andalucía (EIDIA), Horizonte 2027, destinadas a financiar la contratación laboral de personal investigador doctor para su incorporación a los grupos de investigación de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 41 - Martes, 27 de febrero de 2024

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Vigesimoprimero. Pago y régimen de justificación.
1. El abono de estas subvenciones se efectuará conforme a lo siguiente:
a) Se efectuará un primer pago del 50% del total de la subvención concedida tras
la publicación de la resolución de concesión, que se justificará en los términos y plazos
establecidos en esta convocatoria y en la resolución de concesión.
b) Se efectuará un pago final por la cuantía restante del total de la subvención
concedida tras la justificación final.
2. La justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la
subvención, de la aplicación de los fondos percibidos, de las condiciones impuestas y
de la consecución de la finalidad u objetivos previstos en la resolución de concesión será
realizada por las entidades beneficiarias.
3. El plazo máximo para la presentación de la justificación final será de dos meses a
contar desde la fecha de finalización del plazo de ejecución de la subvención concedida
establecido en la resolución de concesión.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297644

Asimismo, se deberán incluir los siguientes logos, en el orden según se citan: 1.º El
logo de la Junta de Andalucía. 2.º El emblema de la Unión Europea y, junto al emblema
de la Unión, se incluirá el texto «Cofinanciado por la Unión Europea»
Los requisitos de identidad visual y como deben ser utilizados para mantener una
consistencia y coherencia en todos los documentos, comunicaciones y aplicaciones se
pueden consultar en el Manual de Identidad Visual publicado en el siguiente enlace de
internet:
Manuales, Logos y Emblemas 2021-2027 - Junta de Andalucía (juntadeandalucia.es)
d) Asimismo se deberá tener en cuenta por parte de las entidades beneficiarias lo
establecido en la Recomendación de la Comisión Europea (2005/251/CE) de 11/03/2005
(«DOUE» L75 de 22/03/2005), relativa a la Carta Europea del Investigador y al Código de
conducta para la contratación de investigadores.
e) Cumplir el objetivo para el que se concedió la subvención. En particular , en los
supuestos previstos en el artículo 3.2 a) de la orden reguladora, las entidades beneficiarias
deberán cumplir el compromiso de convocar a la finalización de las ayudas las plazas
de ayudante doctor en los términos previstos. Adicionalmente, la entidad beneficiaria
deberá apoyar la formación del personal contratado, facilitando cualquier actividad
que sea necesaria para su mejor formación u orientación profesional y de empleo,
así como la realización de estancias breves en centros de investigación, asistencia y
participación en congresos y otras actividades relacionadas con su investigación. Del
mismo modo, deberá vigilar que el personal doctor investigador contratado desarrolle
con aprovechamiento la actividad investigadora, ajustándose a las normas de trabajo
y disposiciones reglamentarias del centro donde aquella se lleve a cabo. Igualmente,
deberá velar por que dicho personal permanezca en el centro de aplicación del contrato,
y con el mismo tutor y proyecto. Cualquier alteración o incidencia que afecte a las
condiciones bajo las cuales se concedió la subvención deberá ser comunicada y, en su
caso, autorizada por el órgano concedente, y necesitará la conformidad de los centros y
del personal investigador implicados.
f) Adicionalmente, son obligaciones del personal doctor investigador contratado:
1.º Formalizar el correspondiente contrato e Incorporarse al centro de investigación
en la fecha establecida esta convocatoria y en la resolución de concesión.
2.º Ajustarse a las normas de funcionamiento del centro.
3.º Solicitar autorización al centro de adscripción para cualquier ausencia temporal.
4.º Comunicar cualquier incidencia a su centro de adscripción para que, si es el
caso, sea comunicada al órgano instructor.
5.º En caso de renuncia al contrato deberá comunicarla a su centro con 15 días de
antelación.