3. Otras disposiciones. . (2024/39-49)
Resolución de 1 de febrero de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Jaén, por la que se dispone la publicación de la Normativa de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 2 de octubre de 1997, por la que se aprueba definitivamente la revisión de las Normas subsidiarias de Castillo de Locubín.
85 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 39 - Viernes, 23 de febrero de 2024

página 1432/12

También podrán redactarse Proyectos de Urbanización para la ejecución de los
Planes Especiales de Reforma Interior o Estudios de Detalle.
En todo caso, los Proyectos de Urbanización constituirán instrumentos para el
desarrollo de todas las determinaciones previstas en estas Normas, en cuanto a obras
de Urbanización, tales como vialidad, abastecimiento de agua, alcantarillado, energía
eléctrica, alumbrado público, jardinería y otras análogas.
No podrán contener determinaciones sobre ordenación o régimen del suelo o de la
edificación, ni modificar las determinaciones de las Normas que desarrollen o ejecuten.

2. Formulación y aprobación.
La redacción de los proyectos de urbanización corresponde a la Administración,
salvo que se ejecute por el Sistema de Compensación, en cuyo caso correrá a cargo de
la Junta de Compensación.
El plazo de Aprobación Definitiva de los proyectos de urbanización será de tres meses
desde su aprobación inicial transcurrido este plazo sin comunicar la presente resolución,
se entenderá otorgada la aprobación definitiva por silencio administrativo, siempre que
dentro de este plazo se haya concluido el trámite de información pública (artículo 119.3
del Texto Refundido de la L.S.).
El procedimiento ordinario para la tramitación es el siguiente:
- Aprobación inicial de la Corporación u Organismo que la acuerde.
- Audiencia de la Corporación Local si el proyecto no ha sido aprobado inicialmente
por dicha Entidad.
- Exposición al público durante el plazo de 15 días.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297346

1. Contenido.
Los proyectos de urbanización comprenderán los siguientes documentos:
- Memoria descriptiva de las características de las obras.
- Memoria constructiva y de cálculo de cada uno de los servicios implantados.
- Planos de información y de situación en relación con el conjunto urbano. Planos de
proyecto y de detalle.
- Pliego de condiciones técnicas y de condiciones económico-administrativas de las
obras y servicios.
- Mediciones.
- Cuadros de precios descompuestos.
- Presupuesto.
No será necesaria la formulación del pliego de condiciones económico-administrativas
cuando las obras de urbanización se ejecuten por el sistema de compensación en
terrenos de un solo propietario.
Las obras de urbanización a desarrollar en dichos proyectos serán:
a) Del Polígono o unidad de actuación.
-P
 avimentación de calzadas, aparcamientos, aceras, red peatonal y espacios
libres (incluyendo soluciones para la supresión de barreras arquitectónicas).
- Redes de distribución de agua potable, de riego y de hidrantes contra incendios.
- Red de alcantarillado para la evacuación de aguas pluviales y residuales.
- Red de distribución de energía eléctrica y de alumbrado público.
- Red de Telefonía.
- Jardinería en el sistema de espacios libres.
A estas obras, pueden añadirse las correspondientes a los servicios que se
consideren necesarios
b) De conexión del polígono o unidad de actuación con la red urbana:
- Resolución del enlace de los servicios urbanísticos con los generales de la ciudad.
- Acreditación de que estos servicios generales de la ciudad tienen capacidad suficiente
para atender la demanda derivada de los del polígono o unidad de actuación.