3. Otras disposiciones. . (2024/38-41)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Jaén, por la que se dispone la publicación de las Normas Complementarias y Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Beas de Segura aprobadas definitivamente por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 6 de febrero de 1985.
85 páginas totales
Página
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 38 - Jueves, 22 de febrero de 2024
página 1431/58
Proceder a escriturar al
Ayuntamiento los terrenos
de cesión obligatoria y
gratuita
Realizar o completar las
obras de urbanización bajo
la Dirección Facultativa
□
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00297345
■
Edificar bajo Dirección
facultativa
■
Proyecto de edificación
visado por colegio
profesional
Reúne los
requisitos de
solar y no
precisa reparto
equitativo de
beneficios y
cargas
Reúne los
requisitos de
solar, pero
precisa reparto
equitativo de
beneficios y
cargas
No reúne los
requisitos
de solar, no
precisa reparto
equitativo de
beneficio de
cargas, pero
está afectado
por cesiones
obligatorias
y gratuitas al
Ayuntamiento
(viajes,
parques y
jardines, etc.
No reúne los
requisitos de
solar, pero
precisa reparto
equitativo de
beneficios
y cargas,
estando
afectado por
cesiones
obligatorias
y gratuitas al
Ayuntamiento
(viales,
parques y
jardines, etc)
Proyecto de urbanización
Situación de
la parcela
Estudio de detalle
Requisitos
necesarios
para poder
edificar
Proyecto de reparcelación o
compensación
Artículo 13.4. Ejercicio de la facultad de edificar.
El ejercicio de la facultad de edificar se regulará con arreglo a los artículos 39 a 41
del Reglamento de Gestión Urbanística con los requisitos de licencia regulados en el
Capítulo 4.º de estas Normas Urbanísticas.
En el cuadro siguiente se recogen para situación posible de la parcela los requisitos
de tramitación que se precisarán para poder acometer las obras de edificación.
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Número 38 - Jueves, 22 de febrero de 2024
página 1431/58
Proceder a escriturar al
Ayuntamiento los terrenos
de cesión obligatoria y
gratuita
Realizar o completar las
obras de urbanización bajo
la Dirección Facultativa
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00297345
■
Edificar bajo Dirección
facultativa
■
Proyecto de edificación
visado por colegio
profesional
Reúne los
requisitos de
solar y no
precisa reparto
equitativo de
beneficios y
cargas
Reúne los
requisitos de
solar, pero
precisa reparto
equitativo de
beneficios y
cargas
No reúne los
requisitos
de solar, no
precisa reparto
equitativo de
beneficio de
cargas, pero
está afectado
por cesiones
obligatorias
y gratuitas al
Ayuntamiento
(viajes,
parques y
jardines, etc.
No reúne los
requisitos de
solar, pero
precisa reparto
equitativo de
beneficios
y cargas,
estando
afectado por
cesiones
obligatorias
y gratuitas al
Ayuntamiento
(viales,
parques y
jardines, etc)
Proyecto de urbanización
Situación de
la parcela
Estudio de detalle
Requisitos
necesarios
para poder
edificar
Proyecto de reparcelación o
compensación
Artículo 13.4. Ejercicio de la facultad de edificar.
El ejercicio de la facultad de edificar se regulará con arreglo a los artículos 39 a 41
del Reglamento de Gestión Urbanística con los requisitos de licencia regulados en el
Capítulo 4.º de estas Normas Urbanísticas.
En el cuadro siguiente se recogen para situación posible de la parcela los requisitos
de tramitación que se precisarán para poder acometer las obras de edificación.
https://www.juntadeandalucia.es/eboja