3. Otras disposiciones. . (2024/38-41)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Jaén, por la que se dispone la publicación de las Normas Complementarias y Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Beas de Segura aprobadas definitivamente por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 6 de febrero de 1985.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 38 - Jueves, 22 de febrero de 2024

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Artículo 12.13. Industria.
1. Definición.
1. A efectos de estas ordenanzas, se define como Uso Industrial el correspondiente
a los establecimientos dedicados al conjunto de operaciones que se ejecuten para
la obtención y transformación de primeras materias, así como su preparación para
posteriores transformaciones, incluso el envasado, transporte y distribución.
2. Se incluyen también en este uso de industria los almacenes, comprendiendo
como tales los espacios destinados a la guarda, conservación y distribución de productos
naturales, materias primas o artículos manufacturados, con exclusivo suministro a
mayoristas instaladores, fabricantes y distribuidores, y en general, los almacenes sin
servicio de venta directa al público. En estos locales se podrán efectuar operaciones
secundarias que transformen, en parte, los productos almacenados. Se exceptúan los
almacenes anejos a comercios y oficinas.
2. Clasificación. Con arreglo a sus características y dimensiones se establecen cinco
categorías:
1.ª Actividades sin molestia para la vivienda. Son aquellas que no causan molestia
alguna para la vivienda. Se caracterizan por constituir laboratorios o talleres que por
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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IV. PAPEL Y ARTES GRÁFICAS.
19. Talleres de artículos de pasta de madera, papel y cartón (incluso cortado, doblado
y engomado).
20. Tipografías.
21. Talleres de composición mecánica.
22. Talleres de planigrafía y litografía (estampación de carteles, cuadros, estampas,
cromos, ilustraciones, etc.).
23. Talleres de reproducción impresa: fotograbado, galvanoplastia, estenotipia,
grabados, serigrafía (sin medios propios de estampación).
24. Talleres de encuadernación.
25. Estudios y laboratorios fotográficos.
V. PLÁSTICOS, CUEROS Y CAUCHO.
26. Confección de artículos de cuero, exceptuando calzado y otras prendas de vestir,
incluso guarnicionería.
27. Talleres de calzado y artículos para el mismo
28. Talleres de juguetería y artículos de deporte y reparación de artículos de los
mismos.
VI. CONSTRUCCIÓN, VIDRIO Y CERÁMICA.
29. Talleres de vidrio y productos de vidrio (plano, hueco, prensado, fibra óptica y
talleres de corte, biselado y grabado).
30. Talleres de cerámica, loza y alfarería.
VII. METAL.
31. Talleres de ferretería, cerrajería, fontanería y hojalatería.
32. Talleres de armería.
33. Talleres de construcción de aparatos eléctricos de medida, regulación y
verificación.
34. Talleres de construcción de material eléctrico, de telecomunicación y transmisión
y cinematografía.
35. Reparación de vehículos automóviles y bicicletas.
36. Talleres de instrumentos y aparatos profesionales, científicos, de medida y de
control. Aparatos de fotografía e instrumentos de óptica.
37. Talleres de relojería.
38. Talleres de joyería y platería.
39. Talleres de instrumentos de música.
40. Talleres de juguetes y artículos de deporte. Artículos de bisutería o adorno; de
lápices y objetos de escritorio o clasificación en otras agrupaciones.