3. Otras disposiciones. . (2024/38-41)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Jaén, por la que se dispone la publicación de las Normas Complementarias y Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Beas de Segura aprobadas definitivamente por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 6 de febrero de 1985.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 38 - Jueves, 22 de febrero de 2024

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Artículo 6.9. Licencias de obras de tramitación abreviada.
1. Estas obras comprenden:
a) Colocación de andamios (direcciones facultativas visadas por el Colegio respectivo).
b) Enfoscado o revestido de muros con cemento o materia análoga en fachadas a la
vía pública.
c) Pintura y revocos en fachadas a la vía pública.
d) Colocación de carpintería exterior.
e) Reforma de huecos de fachada sin cargaderos.
f) Colocación y reparación de repisas de balcón o elementos de fachada (direcciones
facultativas visadas por Colegio respectivo).
g) Repaso y sustitución de canalones, limas y bajantes en fachadas a la vía pública.
h) Construcción e instalación de retretes en patios en los casos permitidos por las
Ordenanzas municipales (autorizaciones por escrito de los vecinos colindantes).
i) Cerramiento de solares (plano de alineación oficial, solicitada previamente).
j) Modificación de la distribución interior.
k) Colocación de banderines y muestras, toldos y tejadillos de toldos con vuelo menor
de 0,30 metros.
2. Con la solicitud de licencia se acompañará tres ejemplares de un documento en el
que se exprese con claridad la localización y el objeto de la obra, croquis con expresión
exacta de dimensiones y presupuesto de la misma. En su caso los documentos que se
indican entre paréntesis en la relación de obras más arriba expresada.
3. Todas las licencias que se soliciten para marquesinas, anuncios visibles desde
la vía pública, banderines, faroles, placas y luminosos tendrán carácter temporal, con
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00297345

4. Así mismo se acompañarán los oficios del encargo de la dirección facultativa a los
técnicos legalmente autorizados.
- Licencias de obras de movimiento de tierras.
1. Las obras de explanaciones, desmontes o rellenos, se solicitarán acompañando
tres ejemplares del proyecto debidamente documentado con planos a escala mínima de
1:500 con curva de nivel de metro en metro, indicándose la parcelación existente y la
propiedad de las parcelas, así como detallando la edificación y arbolado. Se acompañarán
también los perfiles que se consideren necesarios para calcular el volumen d las obras.
En la Memoria se indicará la finalidad perseguida, las características de las obras y el
plan de etapas de su realización.
2. Será obligación del interesado efectuar las obras que fueren precisas para facilitar
la salida de las aguas sin perjudicar a los predios colindantes.
3. Será indispensable acompañar la cédula urbanística de las parcelas o fincas
afectadas por estas obras.
4. Así mismo se acompañarán los oficios del encargo de la dirección facultativa a los
técnicos legalmente autorizados.
5. Licencia de obras de vaciados.
1. Para solicitar licencias de obras de vaciado es necesario que la parcela esté
emplazada en Suelo Urbano y calificada como solar, conforme con lo previsto en el
artículo 82.1. de la Ley del Suelo.
2. Se acompañarán tres ejemplares del proyecto firmado por técnico competente y
visado por el Colegio profesional correspondiente, debidamente documentado sobre el
alcance de las obras, con perfiles acotados dl terreno en el que se resuelvan y estudien
los desniveles en relación con la calle, edificios colindantes y la posible incidencia sobre
los mismos y los servicios urbanos.
3. Se acompañará la cédula urbanística de las parcelas o fincas afectadas por las
obras.
4. Así mismo se acompañarán los oficios del encargo de la dirección facultativa a los
técnicos legalmente autorizados.