3. Otras disposiciones. . (2024/35-41)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Voleibol.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 35 - Lunes, 19 de febrero de 2024

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3. Salvo que concurra alguna de las circunstancias de denegación previstas en la ley
o los presentes Estatutos, las solicitudes de información o aclaración formuladas por los
asistentes remotos durante la celebración de la Asamblea General serán contestadas
por escrito en el plazo de siete días, sin perjuicio de la posibilidad de hacerlo durante el
transcurso de la reunión.
4. La mesa de la Asamblea General deberá tener acceso directo a los sistemas
de conexión que permitan la asistencia a la Asamblea General, de modo que tenga
conocimiento por sí, y de forma inmediata, de las comunicaciones que se realicen por los
asambleístas que asistan a distancia y de las manifestaciones que lleven a efecto.
Artículo 46. Asistencia de personas no asambleístas.
La Presidencia, a iniciativa propia o a petición de un tercio de los miembros de la
Asamblea General, podrá convocar a las sesiones de la misma a personas que no sean
miembros de ella, para informar de los temas que se soliciten.
Asimismo, podrán asistir a las reuniones de la Asamblea General, con voz y sin voto,
los miembros de la Junta Directiva de la FAVB que no lo sean de la Asamblea General.
Artículo 47. Acuerdos.
1. Los acuerdos deberán ser adoptados, con carácter general, por mayoría simple de
los votos emitidos, salvo que estos Estatutos o la normativa vigente prevean otra cosa.
2. El voto de los miembros de la Asamblea General es personal e indelegable.
3. La votación será secreta en la elección de la Presidencia, en la moción de censura,
en la cuestión de confianza y en la adopción de acuerdo sobre la remuneración de la
persona titular de la Presidencia. Será pública en los casos restantes, salvo que la décima
parte de los asistentes solicite votación secreta.
4. La Presidencia tendrá voto de calidad, en caso de empate, en la adopción de los
acuerdos de la Asamblea General.
5. Serán válidos los acuerdos de la Asamblea General en sus sesiones celebradas
a distancia, sean por videoconferencia, por conferencia telefónica múltiple o cualquier
otro sistema análogo, siempre que sus miembros dispongan de los medios técnicos
necesarios para ello y se reconozcan recíprocamente y se aseguren las condiciones
contempladas en el artículo 34 de estos Estatutos y en la normativa vigente, lo cual
deberá expresarse en el acta de la sesión y en la certificación de los acuerdos que se
expida. En tal caso, la sesión de la Asamblea General se considerará celebrada en el
lugar del domicilio social de la FAVB.
6. Los acuerdos adoptados por la Asamblea General serán inmediatamente ejecutivos
y solo podrán suspenderse por acuerdo del órgano competente, o por resolución
administrativa o judicial.

Artículo 49. Acta.
1. El Acta de cada reunión especificará los nombres de los asistentes, las personas
que intervengan y el contenido fundamental de las deliberaciones, así como el texto de
los acuerdos que se adopten y el resultado de las votaciones y, en su caso, los votos
particulares contrarios a los acuerdos adoptados.
2. Podrá ser aprobada al finalizar la sesión del Pleno correspondiente, sin perjuicio de
su posterior remisión a los miembros del mismo. En caso de no ser sometida a aprobación
al término de la reunión, será remitida a todos los miembros de la Asamblea en un plazo
máximo de treinta (30) días para su aprobación en la próxima Asamblea General que se
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Artículo 48. Secretaría.
La persona titular de la Secretaría de la FAVB lo será también de la Asamblea
General. En su ausencia, ejercerá las funciones de Secretaría el miembro más joven de
la Asamblea.