3. Otras disposiciones. . (2024/35-41)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Voleibol.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 35 - Lunes, 19 de febrero de 2024

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e) Sanción disciplinaria o resolución judicial que comporte inhabilitación para ocupar
cargos en la organización deportiva o privación de la licencia federativa.
f) Cambio o modificación de la situación federativa que implique la alteración de las
condiciones y requisitos exigidos para su elección.
En este último caso, es requisito necesario la apertura del correspondiente expediente
contradictorio con audiencia al interesado durante el plazo de diez días. Transcurrido
dicho plazo, la Junta Directiva de la FAVB resolverá sobre la mencionada baja. Esta
resolución se notificará al interesado, quien, en el plazo de cinco días naturales desde
su notificación, podrá interponer recurso contra la misma ante la Comisión Electoral
Federativa. Contra el acuerdo de la Comisión Electoral Federativa podrá interponerse
recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía en el plazo de tres días
hábiles desde el siguiente al de su notificación.

Artículo 41. Sesiones y orden del día.
1. La Asamblea General de la FAVB se reunirá en sesiones ordinarias y extraordinarias.
2. La Asamblea General se reunirá, en sesión plenaria y con carácter ordinario, al
menos una vez al año para la aprobación de las cuentas y memoria de las actividades
deportivas del año anterior, así como del calendario, los programas y los presupuestos
anuales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297077

Artículo 40. Competencias.
Son competencias exclusivas e indelegables de la Asamblea General:
a) La aprobación de los Estatutos, los reglamentos federativos, el código de buen
gobierno y sus modificaciones.
b) La aprobación del presupuesto anual, su modificación y su liquidación.
c) La elección de la persona titular de la Presidencia.
d) La resolución de la moción de censura o cuestión de confianza y el correspondiente
cese o mantenimiento de la persona titular de la Presidencia.
e) El otorgamiento de la calificación oficial de actividades y competiciones deportivas.
f) La aprobación del calendario deportivo federativo.
g) La aprobación de la Memoria anual.
h) La designación y cese de los miembros de los órganos de disciplina deportiva.
i) La designación y cese de los miembros de la Comisión Electoral.
j) La designación y cese de las personas titulares de la Secretaría General, la
Intervención, de los miembros del Comité de Conciliación, de los miembros del Comité de
Transparencia y Buen Gobierno, de los miembros de la Comisión de Mujer y Deporte, y
del Comisionado del Menor Deportista.
k) La adopción del acuerdo de disolución voluntaria de la FAVB o conocer de la
disolución no voluntaria y articular el procedimiento de liquidación.
l) La aprobación de las normas de expedición y revocación de las licencias federativas,
así como sus cuotas, y, en su caso, de los títulos habilitantes.
m) La creación de Comisiones Delegadas con la composición, funciones y sistema
de renovación que establezca la Asamblea General, cuyos componentes serán elegidos
entre sus miembros.
n) La ratificación de la creación de comités específicos de orden técnico u organizativo
y de los nombramientos de sus componentes.
o) La aprobación de las operaciones económicas que impliquen el gravamen o
enajenación de sus bienes inmuebles o que impliquen comprometer gastos de carácter
plurianual.
p) La resolución de aquellas otras cuestiones que hayan sido sometidas a su
consideración en la convocatoria y se hallen en el Orden del Día.
q) Cualquier otra que se le atribuya en los presentes Estatutos o se le otorgue
reglamentariamente.