3. Otras disposiciones. . (2024/35-47)
Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la gestión de los Recursos Humanos del Sistema Sanitario Público de Andalucía relacionados con la pandemia del COVID-19.
60 páginas totales
Página
BOJA
A.12

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 35 - Lunes, 19 de febrero de 2024

página 1356/24

En abril de 2020, la Dirección General de Personal del SAS resolvió prorrogar el nombramiento hasta
el 30 de junio de 2020 a las personas que ya estaban vinculadas y que habían sido previamente
seleccionadas por los listados ordinarios de bolsa.
En noviembre de 202014, se establecieron, entre otras medidas, que los nombramientos a tiempo
parcial del personal que se considere necesario se modifiquen y pasen a tener un 100% de jornada;
y que la contratación de personal titulado sanitario se pueda realizar directamente por
procedimiento de urgencia, sin utilizar los procedimientos ordinarios centralizados, exceptuando
los contratos de más de seis meses o interinidades.

7.1.3 Agencias Públicas Empresariales Sanitarias
A.13

Las APES, constituidas como entidades de titularidad pública y adscritas en 2020 al SAS, forman
parte del SSPA y tienen como objetivo principal garantizar una asistencia sanitaria continuada,
integral, personalizada y de calidad a las personas que residen en su área de influencia.
Los hospitales adscritos a las agencias sanitarias asumen la provisión de las prestaciones incluidas
en la cartera de servicios de asistencia especializada del SSPA a las personas residentes en su área
de influencia.

A.14

Son cinco las empresas públicas creadas por ley entre los años 1993 y 2006: la primera de ellas, la
EPES, queda fuera del ámbito subjetivo de esta fiscalización. Las cuatro restantes (Costa del Sol,
Poniente de Almería, Alto Guadalquivir y Bajo Guadalquivir) asumen en 2020 la gestión de 20
hospitales públicos (uno de especialidades, tres comarcales y 16 de alta resolución).
Con la publicación de la LAJA, las empresas públicas hospitalarias pasaron a tener la consideración
de entes instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía del tipo Agencia Pública
Empresarial Sanitaria. Su actividad externa se somete al ordenamiento jurídico privado, sin
perjuicio del preceptivo control público.

A.15

En las APES el personal se rige por el Derecho laboral y es seleccionado por convocatoria pública
basada en los principios de igualdad, mérito y capacidad. Según convenio colectivo, en función de
su permanencia, los contratos de trabajo pueden concertarse por tiempo indefinido o por duración
determinada, y tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, y bajo cualquier modalidad de
contrato de entre las autorizadas por la legislación vigente.

A.16

Es personal eventual el contratado para atender la acumulación de tareas o exceso de
requerimientos de prestación de servicios, aun tratándose de la actividad normal de la empresa. En
tales casos, se estará a lo previsto en el art. 15.1.b) del Estatuto de los Trabajadores. El contrato
eventual tiene una duración máxima de doce meses en un período de dieciocho.

Ordenes de 8 y de 23 de noviembre de 2020, por las que se establecen medidas en materia de recursos humanos y medios para la
gestión de la situación de crisis sanitaria en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud, en el marco de lo establecido en el Real Decreto
926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARSCOV-2

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297180

14