Disposiciones generales. . (2024/34-5)
Resolución de 12 de febrero de 2024, de la Dirección General de Planificación de la Investigación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de la Linea 1 de la Orden de 24 de octubre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa de Formación, Captación, Incorporación y Movilidad de los Recursos Humanos de I+D+I de la Estrategia de Investigación, Desarrollo e Innovación de Andalucía (EIDIA), Horizonte 2027, destinadas a financiar la contratación predoctoral de personal investigador en formación por los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 34 - Viernes, 16 de febrero de 2024

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publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de
nuevo cómputo de plazo para resolver.
3. La cuantía del crédito disponible y el número de contratos será distribuida entre cada
una de las áreas científico-técnicas conforme al apartado Segundo de esta resolución.
En caso de no agotarse el crédito disponible para cada una de las áreas, la Comisión
de Selección podrá proponer una distribución de estos remanentes entre aquellas áreas
que resulten deficitarias, con objeto de incluir las solicitudes que, cumpliendo todos los
requisitos y habiendo sido evaluadas favorablemente, no hubieran resultado inicialmente
beneficiarias por falta de disponibilidad presupuestaria.
4. De conformidad con el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley General de
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y su normativa de desarrollo, se podrán
adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual.
5. El posible aumento sobrevenido del crédito disponible podrá dar lugar a una
resolución complementaria de concesión de estas subvenciones incluyendo a aquellos
solicitantes que, cumpliendo todos los requisitos, no hubieran resultado beneficiarios en
la resolución anterior por falta de disponibilidad presupuestaria, conforme a lo dispuesto
en el artículo 10.e) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía.

Noveno. Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.
1. El órgano competente para la iniciación, instrucción y resolución del procedimiento
de concesión de las subvenciones objeto de la presente convocatoria será la Dirección
General de Planificación de la Investigación de la Consejería de Universidad,
Investigación e Innovación. La instrucción del procedimiento de concesión, modificación
de la resolución, justificación y reintegro de la subvención será realizada por el Servicio
del Plan Andaluz de Investigación.
2. La selección de las solicitudes presentadas se llevará a cabo por un órgano
colegiado denominado Comisión de Selección, cuyos miembros serán designados por el
órgano concedente y que tendrá la siguiente composición, en la que se tendrá en cuenta
la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los términos previstos en los artículos
3 y 11 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género
en Andalucía:
a) Presidencia: La persona responsable de la coordinación o de la unidad
administrativa encargada de la gestión de la convocatoria, que será designada por el
órgano concedente.
b) Vocalías: Tres personas funcionarias adscritas al órgano concedente.
c) Secretaría: Una persona funcionaria de la unidad administrativa tramitadora de la
correspondiente convocatoria.
3. La Comisión de Selección podrá recabar cuantos informes se estimen necesarios
para resolver. A este respecto, las solicitudes serán objeto de informes de valoración
científica que serán realizados por la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de
Andalucía (ACCUA) (en adelante la Agencia), conforme a los principios contemplados en
el artículo 10.5 de la orden reguladora.
4. A la Comisión de Selección podrán asistir como personal asesor una representación
del equipo de la Agencia que haya realizado la evaluación científico-técnica, que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Octavo. Aprobación de los formularios.
Se aprueban los formularios que se indican a continuación y que constan como
anexos a la presente resolución, a los que deberán ajustarse las solicitudes presentadas:
a) Anexo I. Formulario de solicitud.
b) Anexo I-Bis. Formulario de derecho de oposición de la persona candidata.
c) Anexo II. Formulario de alegaciones/aceptación y presentación de documentos.