Disposiciones generales. . (2024/34-5)
Resolución de 12 de febrero de 2024, de la Dirección General de Planificación de la Investigación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de la Linea 1 de la Orden de 24 de octubre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa de Formación, Captación, Incorporación y Movilidad de los Recursos Humanos de I+D+I de la Estrategia de Investigación, Desarrollo e Innovación de Andalucía (EIDIA), Horizonte 2027, destinadas a financiar la contratación predoctoral de personal investigador en formación por los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 34 - Viernes, 16 de febrero de 2024

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del personal investigador predoctoral en formación en cuanto a las horas máximas de
docencia.
3. En el caso de personas que se acojan a los supuestos contemplados en el
artículo 21.2.c) de la Orden de bases reguladoras durante el periodo de ejecución de
la ayuda se suspenderá el cómputo de la duración del contrato, debiendo la entidad
beneficiaria solicitar la interrupción y la prórroga del plazo de ejecución de la subvención
correspondiente al tiempo de la suspensión, en el plazo de 20 días desde que se produzca
la baja.
4. Las subvenciones a la contratación del personal predoctoral se extinguirán por las
siguientes circunstancias:
a) el vencimiento del contrato laboral cuando no sea prorrogado.
b) el transcurso del período máximo de duración de la ayuda.
c) la salida del programa de doctorado.
d) la obtención del título de doctor por parte del contratado predoctoral, excepto en la
circunstancia indicada para el período de orientación postdoctoral.
e) renuncia.
5. De conformidad con lo indicado en el apartado Segundo y lo establecido en el
artículo 5 de la orden reguladora se consideran subvencionables los siguientes gastos:
a) los gastos derivados de la contratación del personal investigador en formación,
incluyendo los costes salariales y la cuota patronal de Seguridad Social, de acuerdo con
la normativa laboral vigente.
b) los gastos derivados de la movilidad del personal investigador en formación
como consecuencia de estancias en centros de investigación, en los que se consideran
incluidos: viajes desplazamientos, dietas, alojamiento y manutención por un periodo
máximo de 3 meses.
Séptimo. Financiación.
1. Las ayudas previstas en la presente convocatoria revestirán la forma de subvención
y están cofinanciadas en un 85% por el Fondo Social Europeo Plus con cargo al Programa
de Andalucía 2021-2027 dentro del Objetivo Específico ESO4.5 y de la programación
financiera de la medida comunitaria D443EEF0N2.
Estas subvenciones se financiarán con cargo a las siguientes partidas del programa
presupuestario 54A «Investigación científica e innovación» de esta Consejería, y por
una cuantía máxima de 10.434.121,70 euros, de acuerdo con las disponibilidades
presupuestarias y según el siguiente desglose:
2024
3.569.567,95
1.043.412,17
494.247,87
109.832,86
5.217.060,85

2028
3.569.567,95
1.043.412,17
494.247,87
109.832,86
5.217.060,85

TOTAL
7.139.135,90
2.086.824,34
988.495,74
219.665,72
10.434.121,70

2. En aplicación del artículo 9.4 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se
regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las
subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias
administrativas y de régimen especial, la distribución entre los distintos créditos
presupuestarios tiene carácter estimativo. La alteración cualitativa de la clasificación
económica a nivel de capítulo, artículo, concepto y subconcepto de dicha distribución de
créditos para adecuarla a la naturaleza jurídica de las posibles entidades beneficiarias
no precisará de nueva convocatoria, pero sí de las modificaciones que procedan en
el expediente de aprobación del gasto de la convocatoria antes de la resolución de la
concesión. La distribución definitiva de la cuantía máxima entre los distintos créditos
presupuestarios se publicará en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297079

Partida presupuestaria
1500160000 G/54A/44100/00 D443EEF0N2
1500160000 G/54A/40200/00 D443EEF0N2
1500160000 G/54A/44200/00 D443EEF0N2
1500160000 G/54A/48000/00 D443EEF0N2
TOTAL