Disposiciones generales. . (2024/34-5)
Resolución de 12 de febrero de 2024, de la Dirección General de Planificación de la Investigación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de la Linea 1 de la Orden de 24 de octubre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa de Formación, Captación, Incorporación y Movilidad de los Recursos Humanos de I+D+I de la Estrategia de Investigación, Desarrollo e Innovación de Andalucía (EIDIA), Horizonte 2027, destinadas a financiar la contratación predoctoral de personal investigador en formación por los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.
35 páginas totales
Página
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 34 - Viernes, 16 de febrero de 2024

página 40806/5

Concepto

País

Importe (EUR)

País

Estancia

Bolivia

3.180,00

Senegal

Importe (EUR)
3.630,00

Estancia

Brasil

5.070,00

Singapur

3.900,00

Estancia

Camerún

3.990,00

Siria

3.900,00

Estancia

Canadá

4.170,00

Sudáfrica

3.630,00

Estancia

Chile

4.260,00

Tailandia

3.540,00

Estancia

China

3.720,00

Taiwan

3.900,00

Estancia

Colombia

4.980,00

Tanzania

3.540,00

Estancia

Corea

4.350,00

Túnez

3.360,00

Estancia

Costa de Marfil

3.540,00

Turquía

3.360,00

Estancia

Costa Rica

3.540,00

Uruguay

3.360,00
3.630,00

Estancia

Cuba

3.270,00

Venezuela

Estancia

Ecuador

3.540,00

Yemen

4.620,00

Estancia

Egipto

3.900,00

Zaire

4.260,00

Estancia

El Salvador

3.540,00

Zimbabue

3.630,00

Estancia

Emiratos

4.350,00

Resto mundo

4.170,00

5. Sin perjuicio del importe delimitado para la subvención, las retribuciones mínimas
que deberán figurar en los contratos predoctorales serán las establecidas en el artículo 21
de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, sin perjuicio
de que puedan ser complementadas por la entidad beneficiaria como consecuencia de
posibles incrementos en las retribuciones a abonar al citado personal predoctoral y por las
variaciones en las cuotas de cotización de la Seguridad Social. En cada año se devengarán
12 mensualidades y dos pagas extraordinarias prorrateadas a lo largo del año.

Cuarto. Requisitos de las entidades solicitantes.
1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las siguientes universidades y entidades
públicas o privadas de I+D+i, calificadas como Agentes del Sistema Andaluz del
Conocimiento e inscritas en el Registro Electrónico, regulado mediante Decreto 223/2023,
de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento regulador de la clasificación,
acreditación y registro de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento:
a) Universidades andaluzas.
b) Organismos públicos de investigación.
c) Centros, Institutos o Fundaciones de Investigación e Innovación.
d) Los centros tecnológicos.
2. No se podrá obtener la condición de entidad beneficiaria cuando concurra alguna
de las circunstancias indicadas en el artículo 3.4 de la orden reguladora.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297079

Tercero. Régimen jurídico.
1. Las ayudas objeto de esta resolución podrán ser cofinanciadas en el marco del
Programa Operativo Fondo Social Europeo Plus Andalucía (FSE+) 2021-2027. Por
tanto, conforme al artículo 2 de la Orden reguladora, las entidades beneficiarias y
personas destinatarias de estas subvenciones deberán ajustarse y cumplir la normativa
y recomendaciones específicas que afecten directamente a la ejecución del citado
Programa Operativo FSE+, resultando de aplicación supletoria la normativa autonómica
y estatal.
2. La concesión de las ayudas se efectuará en concurrencia competitiva, de acuerdo
con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación,
así como los de eficacia en el cumplimiento de los objetivos y de eficiencia en la
asignación y utilización de recursos públicos, establecidos en el artículo 8.3 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por
el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.