Disposiciones generales. . (2024/34-5)
Resolución de 12 de febrero de 2024, de la Dirección General de Planificación de la Investigación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de la Linea 1 de la Orden de 24 de octubre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa de Formación, Captación, Incorporación y Movilidad de los Recursos Humanos de I+D+I de la Estrategia de Investigación, Desarrollo e Innovación de Andalucía (EIDIA), Horizonte 2027, destinadas a financiar la contratación predoctoral de personal investigador en formación por los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.
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Número 34 - Viernes, 16 de febrero de 2024

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Quinto. Requisitos de las personas participantes.
1. Las personas propuestas como candidatas a este programa por las entidades
solicitantes deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 34 de la orden
reguladora en la fecha de presentación de la correspondiente solicitud:
a) Tener la nacionalidad española, o ser nacional de un estado miembro de la Unión
Europea o ser extranjero con autorización o permiso de residencia o de estancia por
estudios en España, en su caso.
b) Estar en posesión de un título expedido por una universidad española o extranjera
de licenciatura, arquitectura, ingeniería o grado de al menos 240 créditos. En el caso de
solicitantes que estén en posesión de titulaciones con menos de 240 créditos deberán
haber alcanzado dichos créditos en el conjunto de los estudios universitarios de primer y
segundo ciclo y los del máster.
c) No haber transcurrido más de cinco años desde la finalización de los estudios de
licenciatura, arquitectura, ingeniería, grado, arquitectura técnica, ingeniería técnica o
diplomatura hasta la fecha de publicación de la convocatoria. Se aplicará una ampliación
de dos años más respecto del citado periodo de cinco años en el caso de personas
que acrediten una discapacidad igual o superior al 33 por ciento. En la contabilización
del plazo de cinco años se excluirán los períodos indicados a tal efecto en la solicitud,
cuando entre la fecha de obtención de la titulación exigida y la fecha publicación de la
convocatoria concurra alguna de las situaciones relacionadas con la conciliación familiar
o cuidado de menores, familiares o personas dependientes y bajas temporales por
enfermedad, conforme a lo establecido en el artículo 21.2.c) de la Orden de 24 de octubre
de 2023.
Estos periodos se indicarán y acreditarán debidamente en el momento de presentar
la solicitud. Será compatible la aplicación de más de una de las situaciones previstas
en este apartado, pudiéndose acumular diferentes periodos, siempre que los periodos
justificados no concurran en idéntico periodo de tiempo. El cómputo de la ampliación
a aplicar se realizará redondeando al alza a meses completos el periodo justificado o,
si resultan de aplicación varios periodos, la suma de los periodos justificados. A estos
efectos, el periodo justificado por nacimiento, adopción o cuidado de menores, a contar
desde la fecha de nacimiento o resolución judicial o administrativa de adopción, o desde
la fecha en la que se acredite el cuidado de menores, familiares o personas dependientes.
d) Estar matriculada o admitida en un programa de doctorado de una universidad
andaluza. Alternativamente se podrá acreditar que, en el momento de presentación de
la solicitud, las personas solicitantes se encuentran en posesión de un título de máster
universitario oficial o están matriculadas en dicho máster en el curso 2023-2024 que de
acceso a un programa de doctorado en el curso 2024-2025 de acuerdo con la ordenación
académica aplicable.
e) Acreditar la obtención de una nota media en su expediente académico completo
de grado, licenciatura, arquitectura o ingeniería, en la escala 0-10, que por rama de
conocimiento será la siguiente:
- Ciencias sociales y jurídicas: 7,5.
- Ingeniería y Arquitectura: 7,0.
- Artes y Humanidades: 7,5.
- Ciencias de la Salud: 7,5.
- Ciencias: 7,0.
Cada titulación formará parte de la rama de conocimiento en que esté autorizada en
la respectiva universidad donde se hayan cursado los estudios.
Los candidatos que deban presentar más de un título consecutivo de nivel diferente
para alcanzar el número de créditos necesarios, como es el caso de las diplomaturas,
ingenierías técnicas, arquitecturas técnicas y títulos de grado que no alcancen los 240
créditos, la nota medía mínima deberá ser acreditada independientemente respecto de
cada uno de los títulos académicos. En todo caso la nota media deberá ser calculada
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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