Disposiciones generales. . (2024/34-5)
Resolución de 12 de febrero de 2024, de la Dirección General de Planificación de la Investigación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de la Linea 1 de la Orden de 24 de octubre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa de Formación, Captación, Incorporación y Movilidad de los Recursos Humanos de I+D+I de la Estrategia de Investigación, Desarrollo e Innovación de Andalucía (EIDIA), Horizonte 2027, destinadas a financiar la contratación predoctoral de personal investigador en formación por los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.
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Página
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 34 - Viernes, 16 de febrero de 2024
página 40806/4
3. De conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la orden de bases reguladoras la
cuantía de las subvenciones a conceder en esta línea de subvenciones se ha determinado
en atención a un régimen de concesión a través de módulos, según lo dispuesto en el
artículo 76 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4. Se establece el régimen de módulos para compensar los costes laborales,
incluyendo costes salariales y la cuota patronal por todos los conceptos a la Seguridad
Social, así como los costes referidos a la estancia formativa necesaria para la obtención
del título de doctor con mención internacional por las siguientes cuantías, de acuerdo con
el informe técnico motivado elaborado por esta Dirección General de Planificación de la
Investigación.
Los importes unitarios de los correspondientes módulos para financiar tanto las
retribuciones salariales como los costes de la cuota patronal de la Seguridad Social de
los contratos predoctorales será de 23.609,07 euros anuales el primer y segundo año,
25.295, 43 euros anuales para el tercer año y 31.619,29 euros anuales para el cuarto año.
El importe unitario del módulo correspondiente para financiar los costes totales de
la estancia estará determinada en función del país de destino de la estancia según el
siguiente detalle:
País
Importe (EUR)
País
Estancia
Alemania
4.290,00
Estados Unidos
Importe (EUR)
5.160,00
Estancia
Andorra
2.130,00
Etiopía
4.350,00
Estancia
Austria
3.660,00
Filipinas
3.540,00
Estancia
Bélgica
4.920,00
Gabón
4.260,00
Estancia
Bosnia Herzegovina
3.120,00
Ghana
3.450,00
Estancia
Bulgaria
2.670,00
Guatemala
3.900,00
Estancia
Croacia
3.120,00
Guinea Ecuatorial
3.990,00
Estancia
Dinamarca
4.200,00
Haití
3.090,00
Estancia
Eslovaquia
3.120,00
Honduras
3.540,00
Estancia
Francia
4.200,00
India
3.990,00
Estancia
Grecia
2.940,00
Indonesia
4.080,00
Estancia
Hungría
3.750,00
Irak
3.450,00
Estancia
Irlanda
3.480,00
Irán
3.810,00
Estancia
Italia
4.290,00
Israel
4.170,00
Estancia
Luxemburgo
4.290,00
Jamaica
3.810,00
Estancia
Malta
2.490,00
Japón
5.700,00
Estancia
Montenegro
3.570,00
Jordania
3.990,00
Estancia
Noruega
4.560,00
Kenia
3.720,00
Estancia
Países Bajos
4.290,00
Kuwait
4.440,00
Estancia
Polonia
3.480,00
Líbano
4.170,00
Estancia
Portugal
3.480,00
Libia
4.260,00
Estancia
Reino Unido
5.010,00
Malasia
3.810,00
Estancia
República Checa
3.480,00
Marruecos
3.390,00
Estancia
Rumanía
3.840,00
Mauritania
3.180,00
Estancia
Rusia
5.700,00
México
3.810,00
Estancia
Serbia
3.570,00
Mozambique
3.540,00
Estancia
Suecia
4.740,00
Nicaragua
4.170,00
Estancia
Suiza
4.560,00
Nueva Zelanda
3.450,00
Estancia
Angola
4.890,00
Pakistán
3.360,00
Estancia
Arabia Saudí
3.810,00
Panamá
3.450,00
Estancia
Argelia
3.770,00
Paraguay
3.090,00
Estancia
Argentina
4.440,00
Perú
3.810,00
Estancia
Australia
3.900,00
Rep. Dominicana
3.450,00
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00297079
Concepto
BOJA
Número 34 - Viernes, 16 de febrero de 2024
página 40806/4
3. De conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la orden de bases reguladoras la
cuantía de las subvenciones a conceder en esta línea de subvenciones se ha determinado
en atención a un régimen de concesión a través de módulos, según lo dispuesto en el
artículo 76 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4. Se establece el régimen de módulos para compensar los costes laborales,
incluyendo costes salariales y la cuota patronal por todos los conceptos a la Seguridad
Social, así como los costes referidos a la estancia formativa necesaria para la obtención
del título de doctor con mención internacional por las siguientes cuantías, de acuerdo con
el informe técnico motivado elaborado por esta Dirección General de Planificación de la
Investigación.
Los importes unitarios de los correspondientes módulos para financiar tanto las
retribuciones salariales como los costes de la cuota patronal de la Seguridad Social de
los contratos predoctorales será de 23.609,07 euros anuales el primer y segundo año,
25.295, 43 euros anuales para el tercer año y 31.619,29 euros anuales para el cuarto año.
El importe unitario del módulo correspondiente para financiar los costes totales de
la estancia estará determinada en función del país de destino de la estancia según el
siguiente detalle:
País
Importe (EUR)
País
Estancia
Alemania
4.290,00
Estados Unidos
Importe (EUR)
5.160,00
Estancia
Andorra
2.130,00
Etiopía
4.350,00
Estancia
Austria
3.660,00
Filipinas
3.540,00
Estancia
Bélgica
4.920,00
Gabón
4.260,00
Estancia
Bosnia Herzegovina
3.120,00
Ghana
3.450,00
Estancia
Bulgaria
2.670,00
Guatemala
3.900,00
Estancia
Croacia
3.120,00
Guinea Ecuatorial
3.990,00
Estancia
Dinamarca
4.200,00
Haití
3.090,00
Estancia
Eslovaquia
3.120,00
Honduras
3.540,00
Estancia
Francia
4.200,00
India
3.990,00
Estancia
Grecia
2.940,00
Indonesia
4.080,00
Estancia
Hungría
3.750,00
Irak
3.450,00
Estancia
Irlanda
3.480,00
Irán
3.810,00
Estancia
Italia
4.290,00
Israel
4.170,00
Estancia
Luxemburgo
4.290,00
Jamaica
3.810,00
Estancia
Malta
2.490,00
Japón
5.700,00
Estancia
Montenegro
3.570,00
Jordania
3.990,00
Estancia
Noruega
4.560,00
Kenia
3.720,00
Estancia
Países Bajos
4.290,00
Kuwait
4.440,00
Estancia
Polonia
3.480,00
Líbano
4.170,00
Estancia
Portugal
3.480,00
Libia
4.260,00
Estancia
Reino Unido
5.010,00
Malasia
3.810,00
Estancia
República Checa
3.480,00
Marruecos
3.390,00
Estancia
Rumanía
3.840,00
Mauritania
3.180,00
Estancia
Rusia
5.700,00
México
3.810,00
Estancia
Serbia
3.570,00
Mozambique
3.540,00
Estancia
Suecia
4.740,00
Nicaragua
4.170,00
Estancia
Suiza
4.560,00
Nueva Zelanda
3.450,00
Estancia
Angola
4.890,00
Pakistán
3.360,00
Estancia
Arabia Saudí
3.810,00
Panamá
3.450,00
Estancia
Argelia
3.770,00
Paraguay
3.090,00
Estancia
Argentina
4.440,00
Perú
3.810,00
Estancia
Australia
3.900,00
Rep. Dominicana
3.450,00
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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Concepto