Disposiciones generales. . (2024/34-5)
Resolución de 12 de febrero de 2024, de la Dirección General de Planificación de la Investigación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de la Linea 1 de la Orden de 24 de octubre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa de Formación, Captación, Incorporación y Movilidad de los Recursos Humanos de I+D+I de la Estrategia de Investigación, Desarrollo e Innovación de Andalucía (EIDIA), Horizonte 2027, destinadas a financiar la contratación predoctoral de personal investigador en formación por los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 34 - Viernes, 16 de febrero de 2024

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Vigesimoprimero. Pago y régimen de justificación de las subvenciones.
1. El abono de las subvenciones a las entidades beneficiarias se efectuará conforme
a lo siguiente:
a) Se efectuará un primer pago del 50% del total de la subvención concedida tras
la publicación de la resolución de concesión, que se justificará en los términos y plazos
establecidos en esta convocatoria y en la resolución de concesión.
b) Se efectuará un pago final por la cuantía restante del total de la subvención
concedida tras la justificación final.
2. La justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la
subvención, de la aplicación de los fondos percibidos, de las condiciones impuestas y
de la consecución de la finalidad u objetivos previstos en la resolución de concesión será
realizada por las entidades beneficiarias.
3. El plazo máximo para la presentación de la justificación final será de dos meses a
contar desde la fecha de finalización del plazo de ejecución de la subvención concedida
establecido en la resolución de concesión.
4. Transcurrido el plazo establecido para la presentación de la documentación
justificativa sin que esta haya tenido lugar, el órgano o unidad responsable de la
comprobación requerirá a la entidad beneficiaria para que aporte la documentación
justificativa en el plazo máximo de quince días. La falta de presentación en este nuevo
plazo será causa de reintegro. La presentación de la justificación en el plazo adicional
establecido en este apartado no eximirá a la entidad beneficiaria de las sanciones
que correspondan, conforme al artículo 29 del texto refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
5. Se establece como forma de justificación la justificación a través de módulos
según lo dispuesto en el artículo 78 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones,
aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. A tales efectos, la entidad
beneficiaria presentará la siguiente documentación:
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones
impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas
y de los resultados obtenidos. A tales efectos, se deberá aportar junto con la memoria
justificativa certificado del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la
subvención y de la aplicación de los fondos recibidos, aportando las evidencias que
a tal efecto se exijan en la resolución de concesión, debiéndose aportar la siguiente
documentación:
1.º El título o la correspondiente certificación del Doctorado internacional obtenido
por cada uno de los destinatarios finales o el documento que acredite que se está en
disposición de obtenerlo o certificación supletoria de acuerdo a lo indicado en el artículo
29.1.b)1.º
2.º Informe final elaborado por las personas investigadoras contratadas al amparo de
esta ayuda, con el visto bueno del director/a de la tesis, incluyendo los resultados de las
actividades de I+D llevadas a cabo durante el período analizado, utilizando los modelos
que se proporcionarán por el órgano concedente.
3.º Certificado o informe del centro receptor de la estancia internacional, indicando
periodos y trabajos de investigación realizados, así como memoria final de la estancia
firmada por el director/a del proyecto de tesis.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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3. Solicitar autorización a su entidad de adscripción para cualquier ausencia temporal.
4. Comunicar cualquier incidencia a su entidad de adscripción para que, si es el caso,
sea comunicada al órgano instructor.
5. En caso de renuncia al contrato, se deberá comunicar a la entidad de adscripción
con 15 días de antelación.