Disposiciones generales. . (2024/34-5)
Resolución de 12 de febrero de 2024, de la Dirección General de Planificación de la Investigación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de la Linea 1 de la Orden de 24 de octubre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa de Formación, Captación, Incorporación y Movilidad de los Recursos Humanos de I+D+I de la Estrategia de Investigación, Desarrollo e Innovación de Andalucía (EIDIA), Horizonte 2027, destinadas a financiar la contratación predoctoral de personal investigador en formación por los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.
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Número 34 - Viernes, 16 de febrero de 2024

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Vigésimo. Obligaciones de las entidades y de las personas beneficiarias.
Además de las obligaciones establecidas en el artículo 22 de la orden de bases
reguladoras las entidades y personas beneficiarias deberán cumplir las siguientes
obligaciones:
a) Las entidades beneficiarias deberán solicitar autorización al órgano concedente en
el caso de cambio de la persona directora de la tesis doctoral de la persona contratada.
b) Las entidades beneficiarias deberán presentar los informes finales de las actividades
realizadas conforme a las instrucciones que se establezcan en la correspondiente
resolución de concesión, en su caso y someterse, en el caso de que así se establezca, a
la evaluación posterior de la ejecución de la actividad.
c) Las entidades beneficiarias deberán dar publicidad al carácter público de
la financiación de la actividad subvencionada, haciendo referencia expresa a la
convocatoria, al órgano concedente (Junta de Andalucía. Consejería de Universidad,
Investigación e Innovación) y, en su caso, a la cofinanciación por parte del FSE+, en los
contratos laborales, así como en las publicaciones, ponencias, actividades de difusión de
resultados y cualquier otra actuación que resulte de las ayudas concedidas al amparo de
la presente convocatoria.
A estos efectos, la referencia a la financiación por parte de la Junta de Andalucía
deberá realizarse del siguiente modo: «El contrato/publicación/resultado//actividad/otros
es parte de la ayuda Referencia de la Ayuda, financiado por la Junta de Andalucía /CUII
y por el FSE+», según corresponda, siendo: Referencia de la Ayuda la referencia de la
ayuda que figura en la resolución de concesión; CUII el acrónimo de esta Consejería y
FSE+ el acrónimo de Fondo Social Europeo Plus.
Asimismo, se deberán incluir los siguientes logos, en el orden según se citan: 1.º El
logo de la Junta de Andalucía. 2.º El emblema de la Unión Europea y, junto al emblema
de la Unión, se incluirá el texto «Cofinanciado por la Unión Europea»
Los requisitos de identidad visual y como deben ser utilizados para mantener una
consistencia y coherencia en todos los documentos, comunicaciones y aplicaciones se
pueden consultar en el Manual de Identidad Visual publicado en el siguiente enlace de
internet:
Manuales, Logos y Emblemas 2021-2027 - Junta de Andalucía (juntadeandalucia.es)
d) Se deberá tener en cuenta por parte de las entidades beneficiarias lo establecido
en la Recomendación de la Comisión Europea (2005/251/CE) de 11/03/2005 («DOUE»
L75 de 22/03/2005), relativa a la Carta Europea del Investigador y al Código de conducta
para la contratación de investigadores.
e) Cumplir el objetivo para el que se concedió la subvención, en particular la obtención
del título de doctor con mención internacional. En caso contrario, se deberán presentar
informe de evaluación emitido por la comisión de doctorado de la correspondiente
universidad y un informe final de la persona directora de la tesis, relativos a todos los
años de duración del contrato. Adicionalmente la entidad beneficiaria deberá vigilar
que el personal investigador en formación contratado desarrolle con aprovechamiento
la actividad investigadora, ajustándose a las normas de trabajo y disposiciones
reglamentarias del centro donde aquella se lleve a cabo. Igualmente deberá velar por
que dicho personal permanezca en el centro de aplicación del contrato, y con la misma
persona tutora y tesis doctoral. Cualquier alteración o incidencia que afecte a las
condiciones bajo las cuales se concedió la subvención deberá ser comunicada y, en su
caso, autorizada por el órgano concedente, y necesitará la conformidad de los centros y
del personal investigador implicados.
f) Adicionalmente, son obligaciones del personal investigador predoctoral en
formación contratado:
1. Formalizar el correspondiente contrato e incorporarse al centro de investigación en
el plazo establecido en esta convocatoria y en la resolución de concesión.
2. Ajustarse a las normas de funcionamiento de la entidad beneficiaria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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