Disposiciones generales. . (2024/34-5)
Resolución de 12 de febrero de 2024, de la Dirección General de Planificación de la Investigación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de la Linea 1 de la Orden de 24 de octubre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa de Formación, Captación, Incorporación y Movilidad de los Recursos Humanos de I+D+I de la Estrategia de Investigación, Desarrollo e Innovación de Andalucía (EIDIA), Horizonte 2027, destinadas a financiar la contratación predoctoral de personal investigador en formación por los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 34 - Viernes, 16 de febrero de 2024

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Decimosegundo. Contenido de las solicitudes y documentación.
1. El formulario de solicitud a cumplimentar por las personas candidatas y por las
personas que ostentan la representación legal de las entidades (Anexo I) consta de los
siguientes apartados:
a) Los datos identificativos de la entidad solicitante y de la persona representante de
la misma.
b) Datos relativos a la notificación electrónica obligatoria y para el correspondiente
aviso informativo.
c) Datos bancarios.
d) Las correspondientes declaraciones responsables, autorizaciones y consentimientos
incluidos en el formulario de solicitud.
e) Datos identificativos y de participación de la persona candidata, de los requisitos
académicos y del director de tesis, datos relativos a la tesis, área de conocimiento y área
científico-técnica por las que se participa e importe solicitado.
f) Documentación acreditativa de los requisitos y la información necesaria para la
evaluación de las solicitudes.
2. La persona candidata podrá ejercer su derecho a oposición a la consulta de datos
marcando las casillas correspondientes en el formulario de derecho de oposición de
la persona candidata (Anexo I-Bis), en tal caso deberá aportar junto con la solicitud la
documentación acreditativa correspondiente. En cualquier caso, la persona candidata
deberá firmar este formulario y aportarlo junto con la solicitud.
3. Los méritos y requisitos de las personas participantes se deberán acreditar de la
siguiente forma:
a) Copia del título de licenciado, arquitecto, ingeniero, grado, arquitecto técnico,
ingeniero técnico o diplomado, o de certificación supletoria provisional, con indicación de
la fecha de obtención del título. En el caso de título extranjero deberá aportarse, en su
caso, traducción jurada del mismo. En el caso de estudios cursados que no alcancen los
240 créditos, también deberá aportarse el título de 2.º Ciclo o del Máster cursados.
En el caso de que la persona solicitante haya obtenido la titulación exigida en una
universidad española no será necesario aportar el correspondiente título. La presentación
de la solicitud sin oposición expresa conllevará el consentimiento para que el órgano
instructor pueda consultar y comprobar la titulación obtenida a través del Servicio
de Verificación y Consulta de Datos –Plataforma de Intermediación– del Ministerio
competente en la materia.
b) Certificado de la Escuela de Doctorado en el que conste su admisión en un
programa de doctorado, o alternativamente, certificado del correspondiente título de
Máster universitario oficial, o de haber realizado la matrícula en el curso 2023-2024,
que dé acceso a un programa de doctorado en el curso 2024-2025 de acuerdo con la
ordenación académica aplicable.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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certificado digital o sistema Cl@ve, utilizando el perfil de representante. La presentación
de la solicitud de cada persona candidata se completará mediante la cumplimentación
del resto de apartados por parte del representante legal de la entidad solicitante y la firma
y envío electrónico de la solicitud.
Las entidades solicitantes presentarán sus solicitudes de manera individualizada para
cada una de las personas candidatas propuestas. Solo se admitirá una única solicitud
por persona candidata. En el caso de presentarse más de una solicitud por una o varias
entidades para la misma persona candidata será admitida a trámite la última solicitud
presentada.
5. La firma de las solicitudes por parte de las personas que ostenten la representación
legal de las entidades solicitantes supone el compromiso por parte de dichas entidades
de asumir el trabajo de investigación para el que se ha solicitado la correspondiente
ayuda y de formalizar el correspondiente contrato laboral.