Disposiciones generales. . (2024/34-1)
Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.
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Número 34 - Viernes, 16 de febrero de 2024

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Desde el ámbito de prevención y lucha contra los incendios forestales, la adaptación
de la normativa autonómica a los preceptos establecidos en la nueva redacción de la
Ley 43/2003, de Montes, es urgente realizarla antes del comienzo de la presente
campaña de riesgo alto de incendios forestales para reforzar las medidas preventivas con
relación al uso del fuego.
Igualmente, es preciso acometer la regulación legal de las quemas prescritas como
herramienta de gestión del territorio y formación del dispositivo humano del operativo de
lucha contra incendios forestales, dado que actualmente no tiene su adecuado reflejo
en la normativa vigente, y su uso es cada vez más habitual en la gestión de las masas
forestales. Su pronta aprobación permitirá ejecutar de manera más ágil una mayor
superficie de quemas prescritas por parte del dispositivo INFOCA, en un año hidrológico
especialmente delicado en precipitaciones, y abordar el máximo posible de actuaciones
preventivas antes del comienzo de la época de riesgo alto de incendios, que comienza el
día 1 de junio del corriente año.
La proximidad de las épocas de peligro medio y altos en los próximos meses con
mayor riesgo de incendios forestales, debido a la combinación del aumento de las
altas temperaturas y la falta de precipitaciones del presente año hidrológico, unido a la
extraordinaria falta de precipitaciones hace imprescindible que no se demore la adopción
de medidas que conducen a una regulación del uso del fuego más eficiente, antes de que
comiencen las épocas de peligro medio y alto a partir de 1 de mayo, teniendo, en este
sentido, justificación la utilización de la figura del Decreto-ley.
La modificación clarifica el escenario del uso del fuego en la Comunidad Autónoma de
Andalucía, como consecuencia de la promulgación de la Ley 30/2022, de 23 de diciembre,
por el que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias
conexas, que modificaba el artículo 27.3 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y
suelos contaminados para una economía circular, dando igualmente acompañamiento a
la Orden de 13 de diciembre de 2023, por la que se autoriza la quema de restos vegetales
generados en el ámbito agrícola en aplicación de la Ley 7/2022, de 8 de abril.
También se adapta los preceptos preventivos en el uso del fuego al nuevo marco
establecido en el Real Decreto-ley 15/2022, de 1 de agosto, por el que se adoptan
medidas urgentes en materia de incendios forestales y que modificaba la Ley 43/2003,
de 21 de noviembre. La nueva regulación viene a establecer un régimen más ágil,
eficiente y seguro en el uso del fuego en la Comunidad Autónoma de Andalucía que
vendrá a mitigar el riesgo de incendios forestales.
Finalmente, se pretende la simplificación de los procedimientos administrativos
para autorizaciones excepcionales en el uso del fuego y actividades susceptibles de
ser generadoras de riesgo de incendio, mediante la implantación, en aquellos casos
que sea posible, de la figura de la declaración responsable, agilizando de esta forma el
funcionamiento de la administración y facilitando los trámites necesarios para la ciudadanía.
Con el nuevo procedimiento se resolverá la tramitación de más de cincuenta mil expedientes
que actualmente se tramitan por el procedimiento de autorización, haciendo garante y
corresponsables a los titulares de explotaciones forestales, de la puesta en práctica de
medidas preventivas de carácter inmediato desde la publicación de la norma.
La modificación del artículo 51 de la Ley 5/1999, de 29 de junio, de prevención y lucha
contra los incendios forestales, a los efectos de promover la reforestación de terrenos
afectados por incendios forestales y que estas actuaciones puedan ser reconocidas
como proyectos de absorción de emisiones a los efectos previstos en el artículo 37 de la
Ley 8/2018, de 8 de octubre, de medidas frente al cambio climático y para la transición
hacia un modelo energético en Andalucía.
Se modifica por ello el Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios
Forestales, aprobado por el Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, cuyo Título IV se
dedica a la lucha contra incendios.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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