Disposiciones generales. . (2024/34-1)
Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 34 - Viernes, 16 de febrero de 2024

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además de la formulación de recomendaciones para la mejora de las políticas públicas.
Igualmente, se sustituye la función atribuida al Consejo de emitir informes preceptivos
sobre las disposiciones de desarrollo reglamentario de la Ley del Cine de Andalucía, por
la toma en conocimiento sobre la tramitación de dichas disposiciones, con la idea de
agilizar y simplificar la tramitación administrativa de esta normativa, dejando a salvo la
posibilidad de participar a través del procedimiento establecido en el artículo 45 de la
Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Finalmente, se modifica el régimen de reuniones del Pleno y de la Comisión
permanente del Consejo Andaluz para el Cine, sustituyendo para el Pleno la realización
de dos reuniones ordinarias anuales por una sola. Respecto a la Comisión Permanente,
desaparece la limitación respecto al régimen de sesiones ordinarias trimestrales,
permitiendo sus reuniones en cualquier momento siempre que así lo disponga la
Presidencia, a iniciativa propia o a petición de la mitad de las Vocalías.
En materia de justicia juvenil, se suprime la Comisión Andaluza de Centros de
Internamiento de Menores Infractores, que fue creada por el Decreto 98/2015, de 3 de
marzo, por el que se regula la organización, funcionamiento y características de los
Centros de Internamiento de Menores Infractores de Andalucía y se crea la Comisión
Andaluza de Centros de Internamiento de Menores Infractores. La experiencia y
evaluación del Sistema de Justicia Juvenil, resultado de más de ocho años de vigencia
de esta norma, han permitido constatar cómo las funciones en principio atribuidas a
este órgano colegiado son desarrolladas por el órgano directivo central competente en
materia de justicia juvenil, por lo que se aprecia una duplicidad organizativa que viene a
quebrar el espíritu del artículo 5 de la Ley 40/2015, de 1 octubre, del artículo 22.2 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, y del artículo 8.3 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre.
En este sentido, es de significar que la Comisión Andaluza de Centros de Internamiento
de Menores Infractores solo se ha reunido en una ocasión desde su creación, ya que no
se han producido actuaciones que justificaran su convocatoria.
Por otra parte, en materia de asistencia a víctimas, se modifica el artículo 5 del
Decreto 331/2011, de 2 de noviembre, por el que se crea y regula el Consejo de Ayuda
a las Víctimas del Terrorismo en Andalucía, para establecer la periodicidad anual de sus
sesiones ordinarias, lo que sin duda contribuirá a mejorar la eficacia y la eficiencia en
el funcionamiento de este órgano colegiado de apoyo y asesoramiento en materia de
asistencia a víctimas del terrorismo.

La Ley 10/2018, de 9 de octubre, Audiovisual de Andalucía, en el ejercicio de las
competencias atribuidas a la Junta de Andalucía por el Estatuto de Autonomía sobre los
medios de comunicación social en el marco de la legislación básica del Estado, vino a
completar el régimen jurídico audiovisual ya existente en la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
La Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, ha transpuesto
al ordenamiento jurídico español la Directiva 2018/1808, atribuyendo al Estado la
competencia para dictar las normas básicas del régimen de radio y televisión y, en general,
de todos los medios de comunicación social, sin perjuicio de las facultades que en su
desarrollo y ejecución correspondan a las Comunidades Autónomas, salvo el Capítulo 5
del Título III, el Título VIII y la disposición final cuarta que no tendrían carácter básico.
Como consecuencia de ello, es urgente en Andalucía modificar aquellos preceptos que
pudieran colisionar con las novedades introducidas por la Ley 13/2022, de 27 de julio, en
aras de mantener la seguridad jurídica y mejorar la calidad regulatoria y la simplificación
administrativa en un sector productivo como el audiovisual, de reconocida trascendencia
y repercusión en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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