Disposiciones generales. . (2024/33-1)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, por la que se aprueba la modificación de los anexos de la Orden de 20 de febrero de 2020, por la que se desarrolla el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 33 - Jueves, 15 de febrero de 2024

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(Página 2 de 2) ANEXO VIII

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que:
a) El Responsable del tratamiento de sus datos personales es la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza
Concertada, cuya dirección es c/ Juan Antonio de Vizarrón, s/n. Edificio Torretriana. Isla de la Cartuja. 41092.
b) Podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd.ced@juntadeandalucia.es
c) Los datos personales que nos proporciona son necesarios para la admisión y matriculación del alumnado de segundo ciclo de
infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato en centros, cuya base jurídica se
encuentra en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en la normativa de desarrollo que se elaboran en Andalucía en
materia de escolarización.
d) Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su
tratamiento y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, como se explica en la siguiente dirección electrónica:
http://juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde podrá encontrar el formulario recomendado para su ejercicio.
e)No están previstas cesiones de datos, salvo a posibles encargados de tratamiento por cuenta del responsable del mismo, o de las
derivadas de obligación legal.
La información adicional detallada se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica: https://juntadeandalucia.es/
protecciondedatos/detalle/165861.html

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD


Antes de cumplimentar este impreso, compruebe que corresponde a la etapa educativa en la que desea realizar la matrícula.



No cumplimente los espacios sombreados.



Escriba con letra mayúscula y clara.



Esta matrícula está condicionada a la comprobación de los datos, de cuya veracidad se responsabiliza la persona firmante.



Para la primera matrícula del alumnado en el centro docente se aportará documento acreditativo de la fecha de nacimiento del
alumno o de la alumna.

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL INDICADOR DE NIVEL EDUCATIVO
Indicar en la casilla correspondiente el nivel de educación y/o formación más alto completado con éxito, referido a la Clasificación
Internacional Normalizada de la Educación (CINE 2011-A), entendiendo la clasificación de estos niveles como:
Ítems

Las calificaciones obtenidas por el alumno o la alumna en otro país se tendrán en cuenta con independencia de que se hayan o no
certificado o aprobado en España.
El indicador de nivel educativo es un dato de información complementaria y no requisito de acceso del alumnado a las
enseñanzas a que hace referencia el Anexo.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297068

002540/4

0 = CINE0: Menos que primaria.
1 = CINE1: Educación primaria.
2 = CINE2: Primera etapa de educación secundaria y similar (E.S.O., Certificados de profesionalidad de niveles 1 y 2).
3 = CINE3: Segunda etapa de educación secundaria y similar (Bachillerato, FP Básica y de Grado Medio).
4 = CINE4: Educación postsecundaria no superior (Certificado de profesionalidad de nivel 3).
5 = CINE5: Enseñanzas de formación profesional, artes plásticas y diseño y deportivas de grado superior y equivalentes; títulos
propios universitarios que precisan del título de Bachiller, de duración igual o superior a dos años).
6 = CINE6: Grados universitarios de 240 créditos ECTS, diplomados universitarios, títulos propios universitarios de experto o
especialista, y similares.
7 = CINE7: Grados universitarios de más de 240 créditos ECTS, licenciados, másteres y especialidades en Ciencias de la Salud por el
sistema de residencia, y similares.
8 = CINE8: Enseñanzas de doctorado.