3. Otras disposiciones. . (2024/33-42)
Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Dirección General de Coordinación Universitaria, por la que se hace público el Convenio de colaboración entre la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía, la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) y los centros asociados a esta Universidad en Andalucía, para facilitar la realización de los estudios de Educación Superior del alumnado matriculado en los centros asociados de la UNED en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 15 de febrero de 2024

página 40804/7

Quinta. Compromisos de los Centros Asociados.
Los Centros Asociados mantendrán su oferta educativa de acuerdo con las
necesidades y demandas de su alumnado, conforme a las directrices que establezca
la UNED y se comprometen a aplicar las subvenciones recibidas al cumplimiento
de los fines para los que fueron concedidas y a garantizar el correcto funcionamiento
del centro, su estabilidad y adecuada financiación. Además, asumen la obligación de
justificar debidamente la ejecución de las subvenciones concedidas por la Consejería
de Universidad, Investigación e Innovación, según lo previsto en los artículos 72 y 73 del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y estarán obligados a reintegrar,
total o parcialmente, la cantidad percibida en los supuestos y en los términos recogidos
en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
La cantidad recibida por los centros asociados a la UNED, beneficiarios de las
ayudas será compatible con otro tipo de subvenciones, ayudas, ingresos, o recursos
para la misma finalidad, procedentes de la propia universidad o de cualesquiera
Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de
organismos internacionales, siempre que el importe del total de las ayudas no supere el
coste de la actividad subvencionada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19.3 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y de conformidad con el resto de previsiones de la
citada ley.

Séptima. Protección de Datos.
Las partes se someterán al Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento
(UE) núm. 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016,
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/
CE), a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
Garantía de los Derechos Digitales, y demás normativa vigente en materia de protección
de datos personales en todos los supuestos en los que pueda darse tratamiento o
comunicación de datos, entre ellas o a un tercero, en ejecución de lo dispuesto en este
Convenio.
Asimismo, las partes firmantes se comprometen a utilizar los datos de carácter
personal únicamente para los fines del presente Convenio.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297075

Sexta. Publicidad.
La UNED deberá dar publicidad de la subvención percibida en los términos y
condiciones establecidos en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia de la Junta
de Andalucía, y en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno, de acuerdo con el apartado 3 del artículo 18 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el artículo 30 del Reglamento de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, siendo la Base de Datos Nacional de Subvenciones el medio electrónico
para el cumplimiento de las obligaciones de publicidad.
Asimismo, los centros a los que la Consejería de Universidad, Investigación e
Innovación conceda una subvención para gastos de funcionamiento darán la adecuada
información y publicidad del origen de la financiación de las actuaciones que sean objeto
de subvención. La referida publicidad se hará constar mediante la colocación de un
cartel en el centro asociado con una declaración de financiación adecuada que indique
«financiado por la Comunidad Autónoma de Andalucía», así como el emblema de esta.
La memoria justificativa de las ayudas concedidas incluirá, además, una referencia
expresa a los carteles o a cualquier tipo de soporte impreso en los que conste el
cumplimiento de las obligaciones en materia de información y publicidad.