3. Otras disposiciones. . (2024/31-29)
Resolución de 5 de febrero de 2024, de la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz, por la que se dispone la publicación de Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz de fecha 15 de noviembre de 2023, sobre la Modificación Puntual del PGOU de Tarifa para la creación de un sector de Suelo Urbanizable Ordenado con uso global turístico en Facinas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 31 - Martes, 13 de febrero de 2024

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Artículo 33. Medidas correctoras sobre la generación de residuos.
1. Los residuos producidos (peligrosos y urbanos) deberán estar debidamente
gestionados desde su almacenamiento, conservación y etiquetado si fuera necesario,
hasta su retirada por un gestor autorizado y adecuado para cada producto. En concreto,
habrá que tener en cuenta los siguientes aspectos:
• Los Contratistas y subcontratistas, si los hubiera, serán responsables de que no
existan residuos en las inmediaciones de la obra y de toda la gestión de los residuos
peligrosos y urbanos tal y como se dispone en las siguientes medidas correctoras,
durante las obras (art. 10 R.D. 1.627/1.997 de 24 de octubre, por el que se establecen
disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción).
2. En cuanto a los residuos urbanos e inertes:
• Queda prohibido verter residuos domésticos en las inmediaciones de la obra o
su entorno (latas, botellas...). Para ello se dispondrán contenedores específicos para el
vertido de los mismos.
• Los residuos de tierras y escombros, y los asimilables a urbanos, producidos por
la urbanización o edificación, estarán obligados a entregarlos a las Entidades Locales
para su reciclado, valorización o eliminación, en las condiciones que establezcan las
respectivas Ordenanzas Municipales. En cualquier caso serán conducidos a vertederos
de inertes controlados y legalizados; en su defecto, podrán utilizarse en procesos
autorizados de restauración de canteras o sellado de vertederos.
• Se deben mantener los residuos urbanos en condiciones tales que no produzcan
molestia y supongan ninguna clase de riesgo hasta tanto se pongan los mismos a
disposición de la Administración o entidad encargada de su gestión en la forma legalmente
prevista. Se debe evitar, por tanto:
• La presencia de basuras y desperdicios en los alrededores de contenedores y
compactadoras.
• La presencia de líquidos de lixiviados en contenedores y compactadoras de
residuos orgánicos.
• Se realizará la recogida selectiva de residuos (obligación establecida en el
art. 20.3 de la Ley 10/98 de residuos), disponiendo para ello los contenedores
necesarios, y manteniendo los contactos con los correspondientes gestores
autorizados de los mismos.
3. En cuanto a los residuos peligrosos:
• En cualquier caso, estará prohibido el vertido de cualquier residuo peligroso a la red
de alcantarillado, a los viales, acerados o a cauce público.
• En caso de ser necesarios en la obra, cambios de aceite, recarga de combustibles,
o cualquier otra actividad que pueda suponer un derrame de estos residuos, estos se
efectuarán sobre una superficie impermeable.
4. En cuanto a la manipulación, almacenamiento e identificación de residuos
peligrosos, en general:
• No eliminar los residuos peligrosos junto a los residuos urbanos o municipales. No
mezclar las diferentes categorías de residuos peligrosos ni éstos con residuos que no
tienen la consideración de peligrosos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Artículo 32. Medidas correctoras sobre el patrimonio.
1. Durante las fases de urbanización y construcción en caso de producirse algún
hallazgo arqueológico de tipo casual, la empresa encargada de los trabajos deberá
ponerlo de inmediato, en conocimiento de la Delegación Provincial de la Consejería de
Cultura de Cádiz o del Ayuntamiento, en aplicación del Art. 50 de la Ley 14/2007, de 26
de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.
2. De acuerdo con el Decreto 168/2003 de 17 de junio, por el que se aprueba el
Reglamento de Actividades Arqueológicas, con ocasión de las obras de urbanización, se
llevará a cabo el control arqueológico de movimientos de tierra.