3. Otras disposiciones. . (2024/30-27)
Resolución de 6 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Real Federación Andaluza de Golf.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 30 - Lunes, 12 de febrero de 2024

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c) Autorización a los interventores.
d) Proclamación de los candidatos electos.
e) Conocimiento y resolución de las impugnaciones que se formulen durante el
proceso electoral, en la cobertura de bajas o vacantes y en los supuestos de cese del
Presidente/a o moción de censura en su contra.
f) Actuación de oficio cuando resulte necesario.
2. Contra los acuerdos de la Comisión Electoral federativa resolviendo las
impugnaciones contra los distintos actos del proceso electoral, podrá interponerse
recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía en el plazo de tres días
hábiles desde el día siguiente al de su notificación.
CAPÍTULO VIII
La Comisión Mujer y Deporte
Artículo 87. La Comisión Mujer y Deporte.
1. La Comisión de Mujer y Deporte, en el marco de la normativa en materia de
promoción de la igualdad de género, es el órgano de la Real Federación Andaluza de Golf
específico para la aplicación real y efectiva del principio de igualdad de género y para la
promoción y fomento de la práctica deportiva de la mujer, sin perjuicio de que tal objetivo
vincule a toda la federación deportiva; su composición y atribuciones se regularán por la
Asamblea General.
2. Estará compuesta por un número que no podrá ser inferior a tres ni superior a
cinco miembros, debiendo existir un Presidente/a, Vocal y Secretario/a, todas ellas deben
ser nombradas por la Asamblea General a propuesta del Presidente/a.
3. A sus sesiones, podrá asistir, sin derecho a voto, la persona que ocupe la Secretaría
General de la Real Federación Andaluza de Golf.
CAPÍTULO IX
El Comisionado del Menor Deportista
Artículo 88. El Comisionado del Menor Deportista.
El Comisionado del Menor Deportista es el órgano unipersonal que, en el ámbito de la
federación deportiva, se encarga de velar por los derechos de los menores deportistas y
al que podrá dirigirse cualquier sugerencia, denuncia o reclamación en esta materia para
su resolución o traslado a la instancia competente, conforme a los estatutos federativos y
a la normativa de aplicación.
Es nombrado por la Asamblea General a propuesta del Presidente/a.
CAPÍTULO X
Organización Territorial

Artículo 89. La estructura territorial.
La estructura territorial de la Real Federación Andaluza de Golf se acomoda a la
organización territorial de la Comunidad Autónoma, articulándose a través de las
Delegaciones Territoriales, salvo en los casos excepcionales reglamentariamente
previstos y previa autorización de la Consejería competente en materia de deporte,
ajustándose en todo caso a principios democráticos y de representatividad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00296832

Sección 1.ª Las Delegaciones Territoriales