Disposiciones generales. . (2024/27-1)
Orden de 31 de enero de 2024, por la que se modifica la Orden de 25 de noviembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la contratación laboral de personal investigador que posea el título de Doctor o Doctora en el campo de las ciencias y tecnologías de la salud, para su incorporación a grupos de investigación en centros del Sistema Sanitario Público de Andalucía y en Institutos de Investigación Sanitaria y Centros de Investigación participados por la Consejería con competencias en materia de salud de la Administración de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 27 - Miércoles, 7 de febrero de 2024

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5. Cuantía de las subvenciones y gastos subvencionables (artículo 4).
5.a) Cuantía:
Porcentaje máximo de la subvención: 100%.
Cuantía máxima de la subvención: La cuantía máxima por actividad subvencionable
se establecerá en la convocatoria.
Otra forma:
La cuantía de la subvención se establecerá de forma independiente para cada
solicitud, sumando el contrato más el complemento de movilidad asociado al mismo, en
su caso.
Como regla general será subvencionable un contrato por cada grupo, atendiendo al
orden de prioridad establecido por el grupo para cada candidato y a la puntuación total
de cada solicitud. En caso de existir crédito sobrante después del reparto entre todos los
grupos que cumplan los requisitos de las presentes bases y los criterios de evaluación,
se iniciará un nuevo reparto para realizar un segundo contrato entre los grupos para los
que se haya solicitado más de uno, hasta agotar los créditos disponibles. Este reparto se
volverá a realizar si se vuelven a quedar créditos sin adjudicar.
La convocatoria determinará la cuantía máxima destinada para cada modalidad. En
el supuesto de que sobre crédito de una de las modalidades por no existir suficientes
solicitudes subvencionables, podrá ser destinada a la otra.
Las retribuciones anuales subvencionables para cada modalidad de contrato
postdoctoral serán las establecidas en la última convocatoria del ministerio competente
en materia investigación en salud para la Acción Estratégica en Salud, gestionada
Instituto de Salud Carlos III, como organismo dependiente de dicho ministerio, que se
indican a continuación:
- Postdoctoral junior, equivalente a un contrato postdoctoral Sara Borrel más todos los
costes de Seguridad Social que conlleve la contratación.
- Postdoctoral especialista junior, equivalente a un contrato postdoctoral Joan Rodés
más todos los costes de Seguridad Social que conlleve la contratación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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- El grupo deberá tener al menos un proyecto competitivo activo liderado y una
línea de investigación alineada con la titulación y el trabajo desarrollado por el personal
aspirante a los contratos postdoctorales.
- Deberán contar con un plan de trabajo que contemple la duración del contrato, con
un programa científico a realizar por la persona contratada, incluyendo una propuesta
científica y resultados esperados.
4.b) Periodo o periodos durante los que deben mantenerse los requisitos:
- Los requisitos de las entidades beneficiarias y de los grupos de investigación
receptores del personal investigador deberán cumplirse a la fecha de resolución por la
que se convoquen estas subvenciones y deben mantenerse durante la realización de la
actividad.
- Los requisitos de las personas a contratar deberán cumplirse a la fecha de la
resolución por la que se convoquen estas subvenciones, considerando que no hayan
transcurrido más de 5 años desde la expedición del título de Doctor o Doctora o la
certificación provisional sustitutoria hasta esta fecha. La condición de demandante de
empleo, o de ser titular de una tarjeta de mejora de empleo, se debe mantener desde la
fecha de presentación de su solicitud hasta la fecha de formalización de la contratación
laboral.
- El periodo de ejecución de la actividad será el indicado en la resolución de concesión
de la subvención.
4.e) Personas o entidades obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos
durante la tramitación del procedimiento de concesión:
Todas.