Disposiciones generales. . (2024/27-1)
Orden de 31 de enero de 2024, por la que se modifica la Orden de 25 de noviembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la contratación laboral de personal investigador que posea el título de Doctor o Doctora en el campo de las ciencias y tecnologías de la salud, para su incorporación a grupos de investigación en centros del Sistema Sanitario Público de Andalucía y en Institutos de Investigación Sanitaria y Centros de Investigación participados por la Consejería con competencias en materia de salud de la Administración de la Junta de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 27 - Miércoles, 7 de febrero de 2024

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23. Medidas de información y publicidad, y otras condiciones y obligaciones específicas
que deben cumplir y/o adoptar las personas o entidades beneficiarias (artículo 24).
23.a) Medidas de información y publicidad.
23.a).1.º Medidas de información y publicidad que deben adoptar las personas o
entidades beneficiarias:
Se establecen las siguientes medidas:
Las entidades beneficiarias deberán tomar las medidas de información y publicidad
que se establecen en las siguientes disposiciones:
- Anexo IX del Reglamento (UE) núm. 2021/1060 del Parlamento Europeo y el
Consejo, de 24 de junio, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas
al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de
Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de
Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de
Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo
Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
Todos los materiales, imágenes y documentación utilizados evitarán cualquier
imagen discriminatoria y con estereotipos sexistas y, si procede, fomentarán valores de
igualdad, pluralidad de roles, corresponsabilidad entre hombres y mujeres y derechos
de las personas con discapacidad. Asimismo, se estará, en su caso, a lo dispuesto en la
normativa específica que se apruebe para los mismos.
Las subvenciones concedidas se publicarán en la sede electrónica de la Consejería
con competencias en materia de salud y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
indicando, entre otros, la entidad beneficiaria, la cuantía de la subvención y la línea de la
subvención y crédito presupuestario a los que se imputan.
23.a).2.º Términos y condiciones de publicidad específica en materia de transparencia
Las entidades beneficiarias deberán dar publicidad al carácter público de la
financiación de la actividad subvencionada, haciendo referencia expresa a la actuación
y al órgano concedente en los contratos laborales, así como en las publicaciones,
ponencias, actividades de difusión de resultados y cualquier otra que resulte de las
subvenciones concedidas.
23.b) Obligaciones:
23.b).1.º Obligaciones de transparencia y suministro de información y términos y
condiciones en los que se ha de cumplir:
Las entidades beneficiarias deberán facilitar la información que le sea requerida
durante la vigencia del Programa FSE + Andalucía 2021-2027, en aplicación de los
artículos 74 a 80 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 24 de junio, que incluirán las correspondientes visitas sobre el terreno, así como por la
Intervención General de la Junta de Andalucía y otros órganos de control impuestos por
la normativa comunitaria en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control.
Deberán suministrar, previo requerimiento y en un plazo de 15 días, toda la información
necesaria para el cumplimiento por la Administración de las obligaciones previstas en la
Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, de acuerdo con lo
dispuesto en su artículo 4.3.
23.b).3.º Otras obligaciones y condiciones específicas:
Se establecen las siguientes:
1. Las entidades beneficiarias contratarán laboralmente al personal investigador de
acuerdo con la legislación laboral vigente y con la duración de los contratos y la retribución
que corresponda de conformidad con lo establecido en estas bases reguladoras y en la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00296590

Mantener registros contables independientes o emplear códigos de contabilidad
apropiados para todas las transacciones relacionadas con la operación, sin perjuicio de las
normas generales de la contabilidad, que permitan seguir una pista de auditoría suficiente
sobre los gastos financiados con fondos del Programa FSE+ Andalucía 2021-2027.