Disposiciones generales. . (2024/27-1)
Orden de 31 de enero de 2024, por la que se modifica la Orden de 25 de noviembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la contratación laboral de personal investigador que posea el título de Doctor o Doctora en el campo de las ciencias y tecnologías de la salud, para su incorporación a grupos de investigación en centros del Sistema Sanitario Público de Andalucía y en Institutos de Investigación Sanitaria y Centros de Investigación participados por la Consejería con competencias en materia de salud de la Administración de la Junta de Andalucía.
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Número 27 - Miércoles, 7 de febrero de 2024

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Las solicitudes se valorarán teniendo en cuenta los siguientes criterios en cada
apartado de su valoración:
1.º Valoración del curriculum vitae de la persona investigadora propuesta para su
contratación. Se valorará la capacidad de la persona candidata para crear e impulsar
líneas de investigación e innovación de interés para la investigación biomédica y en
ciencias y tecnologías de la salud. Hasta 50 puntos.
• Captación de recursos. Se valorará la capacidad de liderazgo y captación de fondos
para investigar de la persona candidata.
• Generación de conocimiento. Se valorará la producción científica de la persona
candidata.
• Transferencia de tecnología Se valorará la capacidad de transferir el conocimiento
al sector privado.
• Aplicabilidad Clínica. Se valorará la capacidad de transferir el conocimiento a la
práctica clínica.
• Otros méritos. Se valorará haber disfrutado de ayudas competitivas durante al
menos tres años como personal investigador en alguno de los programas nacionales Río
Hortega, Joan Rodés, Sara Borrel, Miguel Servet, Juan de la Cierva, Ramón y Cajal o
programas similares. También se valorará la participación en comités-grupos de trabajo
para la mejora de la I+i y estancias en centros de reconocido prestigio internacional.
• Investigadora mujer.
• Personal investigador con discapacidad.
2.º Valoración del grupo de investigación receptor, considerando los últimos 5 años:
capacidad de la persona líder y del resto de componentes del grupo. Hasta 20 puntos.
Se valorará que el grupo receptor haya obtenido financiación para otros proyectos
de investigación, que la actividad investigadora anterior sea relevante a nivel nacional
e internacional, así como la capacitación científico-técnica del mismo en los siguientes
apartados:
• Publicaciones.
• Ensayos clínicos comerciales en fase I-II o ensayos clínicos independientes.
• Patentes e innovaciones tecnológicas.
• Proyectos de investigación con financiación competitiva con IP del grupo.
• Otros méritos científicos: se valorará la participación del personal investigador
del grupo en comités de evaluación científica de organismos oficiales y/o comités de
redacción de revistas científicas, la participación del grupo en CIBER/RETICS, tesis
doctorales dirigidas en los últimos cinco años, financiación a través del PAIDI del grupo de
investigación, contratos activos de investigadores de carrera, obtenidos en concurrencia
competitiva (Ramón y Cajal, Juan de la Cierva, Miguel Servet, Sara Borrell, etc.).
3.º Calidad científico-técnica y viabilidad del plan de trabajo durante la duración del
contrato al que se incorporará el personal investigador contratado. Hasta 15 puntos.
• Relevancia científico-sanitaria de los objetivos de la actividad y de los proyectos de
investigación en los que se incorporará el personal investigador contratado.
• Metodología, plan de trabajo y planificación del trabajo en línea con los conocimientos
y habilidades de los miembros del equipo y con la disponibilidad de recursos materiales
y temporales.
4.º Adecuación e interés de la actividad y plan de trabajo en los que se incorporará el
personal investigador contratado para el fortalecimiento de la investigación biomédica en
el Sistema Sanitario Público de Andalucía, de acuerdo con las líneas estratégicas de la
Consejería competente en materia de salud de la Junta de Andalucía que se establezcan
en la convocatoria. Hasta 15 puntos.
Se valorará si la actividad y plan de trabajo contribuirá a la generación de conocimiento,
o a su traslación al desarrollo e implantación de nuevos productos, servicios, organización
y procesos en Ciencias y Tecnologías de la salud, para incidir favorablemente sobre la
salud de la población y en contribuir a la solución de problemas sanitarios en Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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