3. Otras disposiciones. . (2024/26-37)
Resolución de 15 de enero de 2024, de la Universidad de Málaga, sobre estructura del Equipo de Dirección y delegación de competencias en la Secretaría General, la Gerencia, los Vicerrectorados y las Delegaciones del Rector.
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Número 26 - Martes, 6 de febrero de 2024

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I. Planificar y gestionar la difusión de las actividades culturales universitarias a
través de medios y/o canales propios, de forma coordinada con el Vicerrectorado de
Comunicación, Gabinete y Proyección Universitaria.
J. Cualquier otra que le sea delegada por el Rector en los asuntos de su competencia.
12. El Vicerrectorado de Reforma Estatutaria, Relaciones de Empleo y Negociación
Colectiva. Se encomiendan al Vicerrectorado de Reforma Estatutaria, Relaciones de
Empleo y Negociación Colectiva las siguientes funciones:
A. Dirección de los procesos tendentes al cumplimiento del mandato de la disposición
transitoria 1.ª de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario
(LOSU), en cuanto a la reforma de los Estatutos de la UMA para la adaptación a dicha
norma.
B. Coordinación de los procesos de negociación con los diferentes colectivos y
responsables de centros que se vean implicados en la reforma estatutaria y su desarrollo.
C. Presidir las comisiones de estudio, análisis o trabajo en materia de reforma
estatutaria.
D. La representación de la Universidad, por delegación del Rector, en cuantos actos,
negocios jurídicos y contratos procedan, ante cualquier administración o entidad pública o
privada o ante cualquier persona física, sin perjuicio de las previsiones de representación
específica que puedan ser reconocidas.
E. La elaboración de las líneas estratégicas del ámbito funcional en el que actúa.
F. El asesoramiento y planificación de los instrumentos de negociación colectiva y la
relación con los sujetos colectivos de representación social.
G. El asesoramiento jurídico en materia de empleo público al conjunto de órganos
que deban adoptar decisiones o acuerdos relativas al mismo.
H. La emisión, coordinación o solicitud de dictámenes de naturaleza jurídica a
personas físicas o jurídicas cuando ello sea preciso en virtud de las decisiones adoptadas
por los órganos competentes siempre que estas vengan referidas a las relaciones de
empleo.
I. Coordinación del desarrollo e implantación de las medidas y acciones del Plan
Estratégico.
J. Fomentar la actuación conjunta con el Consejo Andaluz de Relaciones Laborales y
el Consejo Económico y Social de Andalucía.
K. Impulsar mecanismos de medición de Trabajo Decente conforme a los ODS.
L. Cualquier otra que le sea delegada por el Rector en los asuntos de su competencia.
13. El Vicerrectorado de Internacionalización. Se encomiendan al Vicerrectorado de
Internacionalización las siguientes funciones:
A. Dirigir, coordinar, impulsar y ejecutar la política universitaria en materia de movilidad
y cooperación internacional internacionalización de la Universidad de Málaga.
B. Establecer, impulsar y/o potenciar relaciones con universidades e instituciones
extranjeras.
C. Promover y fomentar la creación de redes internacionales.
D. Gestionar, fomentar e impulsar los programas de movilidad internacional de
estudiantes, profesores y personal de administración y servicios.
E. Definir las políticas y gestionar el plan propio de internacionalización.
F. Promover e impulsar becas de intercambio con universidades extranjeras.
G. Desarrollar e impulsar los programas y proyectos de cooperación al desarrollo con
terceros países.
H. Promover, estimular y dirigir la gestión de las actividades de voluntariado y
sensibilización para la cooperación en el ámbito internacional.
I. Dirigir y coordinar las actividades de programas y oficinas relacionadas con el
intercambio internacional, como «Welcome to UMA» y «Puente con Asia».
J. Promover las prácticas en empresas internacionales.
K. Coordinar las actividades del Centro Internacional de español.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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