3. Otras disposiciones. . (2024/26-37)
Resolución de 15 de enero de 2024, de la Universidad de Málaga, sobre estructura del Equipo de Dirección y delegación de competencias en la Secretaría General, la Gerencia, los Vicerrectorados y las Delegaciones del Rector.
12 páginas totales
Página
Número 26 - Martes, 6 de febrero de 2024

página 40518/8

F. Coordinar las relaciones con los medios de comunicación e información.
G. Gestionar la reputación social de la Universidad.
H. Supervisar y coordinar los contenidos del Portal de Transparencia.
I. Dirigir la gestión de la publicidad institucional y las actividades de promoción de la
Universidad.
J. Dirigir y coordinar la política en materia de imagen institucional en la comunidad
universitaria y supervisar la estrategia de marca.
K. Planificar, coordinar y supervisar los procesos de elaboración, aprobación, gestión,
publicación, seguimiento y control de la comunicación en sus diferentes soportes (web,
RRSS, Podcast, Listas de distribución oficiales, APP, soportes de marketing digital,
plataforma de eventos…).
L. Establecer mecanismos que mejoren la coordinación de la comunicación
y la información entre los distintos vicerrectorados, servicios, centros y unidades
administrativas.
M. Definir e impulsar la aprobación de la normativa necesaria para la gestión de los
soportes de comunicación.
N. Difundir a la sociedad los avances científicos y académicos de la universidad a
través de los canales propios y de los medios de comunicación, en coordinación con los
correspondientes órganos de gobierno.
O. Coordinar y supervisar las competencias relacionadas con la política informativa
y soportes de comunicación con el servicio de información, conserjería y atención al
usuario (SICAU).
P. Facilitar la realización de auditorías de comunicación, así como definir y desarrollar
procesos de evaluación interna sobre la prestación de servicios.
Q. Coordinar y supervisar el protocolo de actos y eventos, tanto en los organizados
por la Universidad de Málaga como en los de otras organizaciones públicas y privadas en
los que participe la institución.
R. Coordinar con el vicerrectorado de Proyectos Estratégicos, Relaciones Institucionales
y Bienestar Universitario las acciones de mecenazgo y patrocinio, especialmente, en lo que
respecta a la utilización de la marca y la identidad de la UMA y su difusión.
S. Coordinar con el vicerrectorado de Proyectos Estratégicos, Relaciones
Institucionales y Bienestar Universitario aquellas acciones que contribuyan a la proyección
de la Universidad, fundamentalmente en aquellos aspectos relacionados con la imagen
institucional y su difusión.
T. Cualquier otra que le sea delegada por el Rector en los asuntos de su competencia.
11. El Vicerrectorado de Cultura.
Se encomiendan al Vicerrectorado de Cultura las siguientes funciones:
A. Dirigir, coordinar, impulsar y ejecutar la política universitaria en materia de cultura.
B. Promover y dirigir el desarrollo de acciones para la extensión cultural.
C. Impulsar la colaboración con instituciones públicas y privadas para la difusión de la
cultura en la sociedad.
D. Dirigir la gestión de programas culturales de la Universidad de Málaga, potenciando
la formación de su comunidad en materia cultural y artística.
E. Promover el desarrollo de actividades culturales que impliquen la participación de
los miembros de la comunidad universitaria.
F. Enriquecer el patrimonio artístico de la Universidad de Málaga y coordinar el
registro de sus bienes.
G. Organizar y coordinar las exposiciones de artes visuales y actividades relacionadas
con el cine, las artes escénicas, la literatura y la música.
H. Gestionar los espacios y recursos destinados a las actividades expositivas y
eventos culturales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00296516

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía