3. Otras disposiciones. . (2024/26-37)
Resolución de 15 de enero de 2024, de la Universidad de Málaga, sobre estructura del Equipo de Dirección y delegación de competencias en la Secretaría General, la Gerencia, los Vicerrectorados y las Delegaciones del Rector.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 26 - Martes, 6 de febrero de 2024

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A. Coordinar, impulsar y velar por la ejecución de la política universitaria en materia
de la Inspección de Servicios.
B. Coordinar y supervisar las materias relacionadas con la prevención, seguridad y
salud laboral de acuerdo con las funciones encomendadas al Servicio de Prevención de
Riesgos Laborales de la UMA.
C. Representación legal de la Universidad de Málaga ante el Consejo de Seguridad
Nuclear y velar por el cumplimiento de las normas de protección radiológica en la
Universidad de Málaga.
D. Coordinación y supervisión del departamento de seguridad.
E. Gestionar y coordinar la cesión de espacios de la UMA.
F. Supervisar e inspeccionar los servicios realizados por contratas externas de
seguridad, limpieza y cafeterías.
G. Responsable ante la administración de la gestión de residuos peligrosos y
sustancias químicas catalogadas.
H. Cualquier otra que le sea delegada por el Rector en los asuntos de su competencia.
3. Delegada del Rector para las Relaciones en el ámbito de la Salud. Se encomienda
a la Delegada del Rector para las Relaciones en el ámbito de la Salud las siguientes
funciones:
A. Coordinar junto con el Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado, las
figuras docentes vinculadas con las Instituciones Sanitarias.
B. Participar en la comisión paritaria y comisión mixta UMA-Servicio Andaluz de
Salud.
C. Coordinar junto con el Vicerrectorado de Investigación y Divulgación Científica, las
acciones referentes al Instituto de Investigación Biomédica de Málaga y Plataforma en
Nanomedicina (IBIMA Plataforma BIONAND).
D. Coordinar junto con el Vicerrectorado de Investigación y Divulgación Científica y
la Fundación General de la UMA, las acciones referentes al Centro de Investigaciones
Médico Sanitarias (CIMES).
E. Colaborar con los centros Docentes de las Titulaciones de Ciencias de la Salud
en asuntos relacionados con actividades docentes y asistenciales en las Instituciones
Sanitarias.
F. Colaborar en el seguimiento y desarrollo de los convenios con Instituciones
Sanitarias, Redes y Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER).
G. Cualquier otra que le sea delegada por el Rector en los asuntos de su competencia.

Quinto. Adscripción funcional de unidades técnicas y administrativas. Apoyo a los
centros y coordinación en materia de TIC.
1. Las unidades técnicas y administrativas, recogidas en la vigente relación de
puestos de trabajo del personal de administración y servicios, con funciones de apoyo,
asistencia y asesoramiento a las autoridades académicas, que se correspondan con
las competencias atribuidas por esta resolución a la Secretaría General, la Gerencia,
los Vicerrectorados y las Delegaciones del Rector, se adscribirán funcionalmente a los
mismos, a efectos de garantizar la prestación de los servicios universitarios y la necesaria
colaboración entre órganos de gobierno y órganos de gestión.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Cuarto. Competencias genéricas.
Se atribuyen a la Secretaría General, la Gerencia, los Vicerrectorados y las
Delegaciones del Rector, las siguientes competencias genéricas:
1. Establecer las directrices y adoptar las resoluciones que deban ejecutar las unidades
técnicas, administrativas y estructuras de apoyo a la docencia y a la investigación, de
acuerdo con sus competencias.
2. Instruir y resolver todos los procedimientos que tengan relación con las funciones
encomendadas.
3. Llevar a cabo cualesquiera otras funciones que les atribuya expresamente el Rector.