3. Otras disposiciones. . (2024/24-50)
Decreto 31/2024, de 29 de enero, por el que se modifican diversas disposiciones en materia de viviendas de uso turístico, establecimientos de apartamentos turísticos y hoteleros de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 24 - Viernes, 2 de febrero de 2024

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En la elaboración del presente decreto, se ha respetado lo dispuesto en el artículo 7.2
del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación
de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, así como los
principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a los
que se ha de ajustar la potestad reglamentaria. De lo expuesto en los párrafos anteriores
se pone de manifiesto el cumplimiento de los principios de necesidad y eficacia, siendo las
razones de interés general que sustentan la necesidad de esta regulación la protección
de las personas usuarias de servicios turísticos, la protección del medio ambiente y el
entorno urbano, la protección de los derechos de las personas residentes y el fomento de
una oferta turística de calidad. El decreto es acorde al principio de proporcionalidad, al
contener la regulación imprescindible para la consecución de los objetivos previamente
mencionados, e igualmente se ajusta al principio de seguridad jurídica, al ser la norma
coherente con el resto del ordenamiento jurídico y fijar un marco normativo estable,
predictible, integrado, claro y de certeza, que posibilita su conocimiento y comprensión,
siendo además fruto de la habilitación legal. Con respecto al principio de eficiencia, no
supone un aumento significativo de las cargas administrativas.
En cuanto al principio de transparencia, y en aplicación del artículo 133 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, con carácter previo a la elaboración del presente Decreto
se sometieron a consulta pública los aspectos relativos a la iniciativa (problemas a
solucionar, necesidad y oportunidad, objetivos y posibles soluciones). Se ha seguido el
trámite de audiencia a las distintas entidades representativas del sector, a las personas
consumidoras y usuarias y a los agentes económicos y sociales, favoreciendo una
participación activa; se ha dado cumplimiento al trámite de información pública, previsto
en el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía; y se ha facilitado el acceso a los documentos del proceso de
elaboración del decreto, en los términos establecidos en el artículo 13 de la Ley 1/2014,
de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
Por todo ello, a propuesta del Consejero de Turismo, Cultura y Deporte, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.3, 27.8, 44.1 y 46.2 de la Ley 6/2006, de
24 de octubre, de acuerdo con el Consejo Consultivo de Andalucía y previa deliberación
del Consejo de Gobierno en su reunión del día 29 de enero de 2024,
DISPONGO
Artículo 1. Modificación del Decreto 28/2016, de 2 de febrero, de las viviendas con
fines turísticos y de modificación del Decreto 194/2010, de 20 de abril, de establecimientos
de apartamentos turísticos.
El Decreto 28/2016, de 2 de febrero, de las viviendas con fines turísticos y de
modificación del Decreto 194/2010, de 20 de abril, de establecimientos de apartamentos
turísticos, queda modificado en los siguientes términos:

Dos. El artículo 1 queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. El presente decreto tiene por objeto la ordenación de las viviendas de uso turístico
como un servicio de alojamiento turístico, de conformidad con lo dispuesto en el apartado
1.a) del artículo 28 de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía.
2. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de la presente norma:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00296313

Uno. El título de la disposición queda redactado del siguiente modo:
«Decreto 28/2016, de 2 de febrero, por el que se regulan las viviendas de uso
turístico.»