3. Otras disposiciones. . (2024/20-38)
Resolución de 22 de enero de 2024, de Secretaría General de Investigación e Innovación, por la que se publica el Convenio entre la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), en su condición de representante de una agrupación de participantes en el proyecto I+D+I «Desarrollo de Instrumentación Científica Avanzada para Infraestructuras Nacionales e Internacionales en Astrofísica y Física de Altas Energías», al objeto de canalizar la concesión de una subvención excepcional en el marco del Plan Complementario de I+D+I de Astrofísica y Física de Altas Energías, financiado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 20 - Lunes, 29 de enero de 2024

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Decimoquinta. Comisión de Seguimiento: composición y funciones.
1. Para el seguimiento y coordinación de las actuaciones que se deriven del presente
Convenio, se creará una Comisión de Seguimiento con la siguiente composición:
a) Por parte de la Consejería, que ostentará la presidencia de la Comisión, formará
parte de la misma la persona titular de la Secretaría General de Investigación e Innovación
o del Centro Directivo que asuma sus competencias en materia de planificación de la
investigación y otra persona de alguno de los dos centros directivos a quien designe el
Secretario General. En caso de ausencia, vacante o enfermedad, los miembros de la
Comisión de Seguimiento, serán suplidos por quien designe el titular de la Secretaría
General. La presidencia recaerá en el miembro de mayor rango de la representación de
la Consejería.
b) Por parte del CSIC, formarán parte de la Comisión la persona titular de la
Dirección del CSIC-IAA y el/la investigador/a principal correspondiente por parte de dicho
instituto. En caso de ausencia, vacante o enfermedad los miembros de la Comisión de
Seguimiento, serán suplidos por quien designe el titular de la Dirección del CSIC-IAA a
través de la Vicepresidencia de Organización y Relaciones Institucionales.
c) La Secretaría de la Comisión será ejercida con voz, pero sin voto por una persona
perteneciente a la Secretaría General de Investigación e Innovación, con rango mínimo
de jefatura de servicio.
d) Podrán asistir de forma puntual a la Comisión de Seguimiento con voz, pero sin
voto, las personas que las partes consideren necesarias al objeto de que la Comisión sea
asistida técnicamente, debiendo este hecho ser comunicado a las personas que forman
parte de la Comisión en la convocatoria de la misma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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fondos recibidos al Tesoro Público. El procedimiento de reintegro a estos efectos se
regulará por orden de la persona titular del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
En el caso de la financiación de proyectos gestionados por entidades privadas, a
través de los dos citados instrumentos, la articulación de dicha financiación deberá ir
vinculada al cumplimiento de los objetivos previsto en el plan, así como a la estimación
de costes vinculada a los mismos. En caso de no realizarse el gasto o en caso de
incumplimiento total o parcial de los objetivos previstos, las citadas entidades deberán
reintegrar los fondos recibidos. El procedimiento de reintegro a estos efectos se regulará
por Orden de la persona titular del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Decimocuarta. Devolución voluntaria, compensación y aplazamiento de pago.
Si alguna entidad beneficiaria de la subvención decidiera efectuar la devolución
voluntaria o solicitar la compensación o aplazamiento, conforme establece el artículo
124 quáter del texto refundido de la Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, deberá proceder
de la siguiente manera:
- Para realizar la devolución, cada entidad beneficiaria deberá solicitar una carta de
pago al órgano o entidad concedente de la subvención para su posterior ingreso.
- Para solicitar la compensación, cada entidad beneficiaria deberá dirigir una solicitud
al órgano o entidad concedente de la subvención, identificando el crédito reconocido a su
favor y la subvención pendiente de justificar.
- Para solicitar el aplazamiento o fraccionamiento con reconocimiento de deuda, cada
entidad beneficiaria dirigirá la solicitud al órgano o entidad concedente de la subvención,
identificando ésta debidamente.
- La presentación de estas solicitudes será en el Registro Electrónico de la
Administración de la Junta de Andalucía, a través de la dirección electrónica que se
establezca en la web de la Consejería para el módulo «Presentación electrónica general».
A efectos de la verificación del gasto, será necesaria la aportación de la documentación
indicada, y de la contestación recibida por parte de la Administración.