3. Otras disposiciones. . (2024/19-20)
Resolución de 23 de enero de 2024, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Convenio entre la Administración de la Junta de Andalucía y las Universidades de Sevilla, Granada, Córdoba, Málaga, Cádiz, Jaén, Huelva, Almería, Pablo de Olavide, de Sevilla, e Internacional de Andalucía, para articular la inclusión en el Sistema de la Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas no remuneradas incluidas en programas de formación.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 19 - Viernes, 26 de enero de 2024

página 40247/4

y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea, establece que la
realización de prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades incluidas en
programas de formación y la realización de prácticas académicas externas al amparo de
la respectiva regulación legal y reglamentaria, determinará la inclusión en el sistema de
la Seguridad Social de las personas que las realicen en los términos de esta disposición
adicional.
Las prácticas a que se refiere la citada norma comprenden:
a) Las realizadas por alumnos universitarios, tanto las dirigidas a la obtención de
titulaciones oficiales de grado y máster, doctorado, como las dirigidas a la obtención de
un título propio de la universidad, ya sea un máster de formación permanente, un diploma
de especialización o un diploma de experto.
b) Las realizadas por alumnos de formación profesional, siempre que las mismas no
se presten en el régimen de formación profesional intensiva.
Las personas que realicen estas prácticas quedarán comprendidas como asimiladas
a trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social y la acción
protectora será la correspondiente al régimen de Seguridad Social aplicable.
Según se establece en el apartado 4.b) de la citada disposición adicional
quincuagésima segunda, en el caso de las prácticas formativas no remuneradas, el
cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la empresa,
institución o entidad en la que se desarrollen aquellas, salvo que en el convenio o acuerdo
de cooperación que, en su caso, se suscriba para su realización se disponga que tales
obligaciones corresponderán al centro de formación responsable de la oferta formativa.
IV. Que los cambios normativos citados determinan la necesidad de proceder a la
firma de un Convenio entre la Administración de la Junta de Andalucía y las Universidades
públicas andaluzas para articular la inclusión en el Sistema de la Seguridad Social de
alumnos universitarios que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas
no remuneradas incluidas en programas de formación en las Consejerías y entidades
adscritas.
En el supuesto de alumnos de formación profesional que realizan las prácticas
formativas no remuneradas incluidas en programas de formación en centros públicos
universitarios serán estos centros los responsables del cumplimiento de las obligaciones
de Seguridad Social, asumiendo la condición de empresario, y por tanto las obligaciones
establecidas en el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para
la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el
establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones.

Primera. Objeto y ámbito de aplicación.
1. Es objeto del presente Convenio el establecimiento de los criterios dentro de los
cuáles las partes que lo suscriben articularán la inclusión en el Sistema de la Seguridad
Social de alumnos universitarios que realicen prácticas formativas o prácticas académicas
externas no remuneradas incluidas en programas de formación y el correspondiente
cumplimiento de obligaciones en materia de Seguridad Social.
Para ello, desde la fecha de firma del presente Convenio, las partes que lo suscriben
iniciarán los trabajos necesarios para el cumplimiento de dicho objetivo, prestándose
mutuamente y en todo caso la colaboración que sea requerida.
2. Este Convenio es aplicable a los órganos de la Administración de la Junta de
Andalucía, a sus entidades adscritas y a las Universidades Públicas andaluzas, que
participen en el desarrollo de las prácticas formativas o prácticas académicas externas
no remuneradas incluidas en programas de formación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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