Disposiciones generales. . (2024/17-1)
Resolución de 19 de enero de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca en el año 2024, la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de la oferta formativa del Sistema de Formación Profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales dirigida a personas trabajadoras desempleadas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 17 - Miércoles, 24 de enero de 2024

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Noveno. Subsanación de solicitudes.
1. Se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1 del texto articulado
de las bases reguladoras tipo en régimen de concurrencia competitiva, aprobadas por la
Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y
los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva (en adelante bases reguladoras
tipo).
Asimismo, serán objeto de requerimiento para su subsanación aquellas, que habiendo
cumplimentado el Anexo I Bis, lo hayan hecho sin que conste la suficiente información
para efectuar una valoración correcta, con las mismas consecuencias descritas en el
párrafo anterior.
2. Dicha subsanación se presentará de forma telemática en la dirección electrónica
referida en el resuelve octavo, a través del aplicativo de gestión.
Décimo. Criterios de valoración de solicitudes.
1. De los criterios de valoración de solicitudes previstos en el apartado 12.a) del
cuadro resumen de las bases reguladoras serán de aplicación los siguientes:
I. Adecuación de la oferta formativa.
a) Adecuación a los sectores y especialidades formativas prioritarias.
b) Adecuación de la oferta formativa por el número de habitantes del municipio donde
se imparta en modalidad presencial la acción formativa.

III. Valoración positiva de acciones formativas ejecutadas.
b) Valoración del grado de cumplimiento de objetivos.
2. En el supuesto de empate en la valoración de baremación se priorizará conforme al
apartado 12.b) del cuadro resumen de las bases reguladoras .
3. En esta convocatoria no se establecen criterios negativos de valoración.
4. Ninguna entidad podrá percibir subvenciones para la realización de programaciones
formativas que superen el 10% del crédito presupuestario consignado en la presente
convocatoria para cada provincia.
5. La suma de los importes propuestos para su concesión en el informe de evaluación
no podrá ser superior al crédito presupuestario previsto en la convocatoria.
6. La Comisión de Valoración emitirá informe de evaluación que incluirá la relación
de solicitudes ordenadas según puntuación obtenida en aplicación de los criterios de
valoración con indicación de las acciones formativas que se proponen para su concesión,
hasta completar el porcentaje máximo del presupuesto previsto para las diferentes
agrupaciones de Familias Profesionales del Anexo IV. En el caso de que resulte crédito
sin asignar, este se distribuirá entre las solicitudes por orden de puntuación, que no se
le haya propuesto importe para el resto de las acciones formativas solicitadas y según el
orden de prioridad marcada en la solicitud, y siempre dentro de los límites presupuestarios
asignados a cada provincia.
7. El órgano instructor realizará propuesta provisional de resolución en la que se
recogerán las subvenciones que se proponen conceder para las acciones formativas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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II. Capacidad técnica.
a) Personal formador o tutor formador en plantilla previsto para la ejecución de la
actividad formativa solicitada.
b) Equilibrio en el personal formador o tutor formador en plantilla previsto para la
ejecución de la actividad formativa solicitada.
c) Formación en género e igualdad de oportunidades del personal formador o tutor
formador en plantilla previsto para la ejecución de la actividad formativa solicitada.
e) Calidad de gestión, por implantación de un sistema o modelo de calidad vigente
para la gestión/actividad de la Formación Profesional para el Empleo.