Disposiciones generales. . (2024/17-1)
Resolución de 19 de enero de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca en el año 2024, la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de la oferta formativa del Sistema de Formación Profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales dirigida a personas trabajadoras desempleadas.
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Número 17 - Miércoles, 24 de enero de 2024

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5. Mantener el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los que
haya tenido acceso en virtud del presente encargo, incluso después de que finalice su
objeto.
6. Garantizar que su personal empleado, así como las personas autorizadas para
tratar datos personales, se comprometan de forma expresa y por escrito, a respetar la
confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que debe
informarles convenientemente.
7. Mantener a disposición del Responsable del tratamiento la documentación
acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior.
8. Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales
de su personal empleado y de las personas autorizadas para tratar datos personales.
9. Asistir al Responsable del tratamiento en la respuesta al ejercicio de los derechos
de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad
de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas (incluida la
elaboración de perfiles). Cuando las personas afectadas ejerzan los derechos de acceso,
rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos
y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, ante el Encargado del
tratamiento, este debe comunicarlo por correo electrónico a la dirección: dpd.ceeta@
juntadeandalucia.es y dgfpe.ceeta@juntadeandalucia.es
La comunicación debe hacerse de forma inmediata y, en ningún caso, más allá del
día laborable siguiente al de la recepción de la solicitud, juntamente, en su caso, con
otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud.
10. Derecho de información. Corresponde al Responsable facilitar la información
relativa a los tratamientos de datos que se van a realizar.
11. Notificación de violaciones de la seguridad de los datos.
El Encargado del tratamiento notificará al Responsable del tratamiento, sin dilación
indebida, y en cualquier caso antes del plazo máximo de 24 horas, a través de una
comunicación a la dirección electrónica dgfpe.ceeta@juntadeandalucia.es, las violaciones
de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento,
juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de
la incidencia.
No será necesaria la notificación cuando sea improbable que dicha violación de la
seguridad constituya un riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas.
Si se dispone de ella se facilitará, como mínimo, la siguiente información:
a) Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales,
inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de personas
afectadas, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales
afectados.
b) El nombre y los datos de contacto del Delegado de Protección de Datos, si lo
hubiera, o de otro punto de contacto en el que pueda obtenerse más información.
c) Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los
datos personales.
d) Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la
violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas
adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.
Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo
sea, la información se facilitará de manera gradual, sin dilación indebida.
12. Dar apoyo al Responsable del tratamiento en la realización de las evaluaciones
de impacto relativas a la protección de datos, cuando proceda.
13. Dar apoyo al Responsable del tratamiento en la realización de las consultas
previas a la Autoridad de Control, cuando proceda.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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