Disposiciones generales. . (2024/17-1)
Resolución de 19 de enero de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca en el año 2024, la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de la oferta formativa del Sistema de Formación Profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales dirigida a personas trabajadoras desempleadas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 17 - Miércoles, 24 de enero de 2024

página 40231/17

CUADRO II
ENCARGADO DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
En el caso de gestionar y realizar acciones de Formación Profesional para el Empleo
y prácticas profesionales no laborales por cuenta de la Junta de Andalucía que impliquen
el acceso y tratamiento de datos de carácter personal por parte de la entidad de formación
beneficiaria, esta tendrá la consideración de Encargado del tratamiento. En este caso, el
acceso a estos datos no se considerará comunicación de datos cuando se cumpla lo
previsto en el artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por
el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos, en
adelante RGPD). Ello conlleva que la citada entidad de formación actúe en calidad de
Encargado del tratamiento y, por tanto, tiene el deber de cumplir con la normativa vigente
en cada momento, tratando y protegiendo debidamente los datos de carácter personal. La
Dirección General de Formación Profesional para el Empleo siempre será Responsable
del tratamiento, es decir, quien determina y decide sobre las finalidades del mismo. Este
documento formaliza el encargo de tratamiento de datos entre la Dirección General de
Formación Profesional para el Empleo y la entidad de formación a que hace referencia el
mencionado artículo 28 del RGPD para la prestación de los servicios que se detallan en
el presente documento.
La actividad de tratamiento de datos se realizará de acuerdo con lo siguiente:

II. Identificación de la información afectada.
Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de
este encargo, el Responsable del tratamiento pone a disposición del Encargado
del tratamiento la información relativa a datos de carácter personal descritas en las
actividades de tratamiento «Gestión del Alumnado de Formación Profesional para el
Empleo» y «Becas y ayudas del alumnado» (datos identificativos, categorías especiales
de datos, características personales, circunstancias sociales, detalles del empleo, datos
económicos y financieros).
III. Duración.
Los requisitos y las condiciones deberán mantenerse durante todo el ciclo de vida de
los datos de la ayuda de la que surge el tratamiento de los datos personales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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I. Objeto del encargo del tratamiento.
Mediante las presentes cláusulas se habilita a la entidad de formación, en adelante,
Encargado del tratamiento, para tratar por cuenta de la Dirección General de Formación
Profesional para el Empleo, en adelante, Responsable del tratamiento, los datos de
carácter personal necesarios para prestar el servicio de gestión de la participación,
seguimiento, control y evaluación del alumnado participante en las acciones formativas
de formación profesional para el empleo. El tratamiento consistirá en la prestación de
estos servicios:
a) Realización, en su caso, de la selección del alumnado participante en las acciones
formativas y en las prácticas profesionales no laborales.
b) Seguimiento de la asistencia del alumnado a las acciones formativas y a las
prácticas profesionales no laborales.
c) Evaluación del aprendizaje del alumnado.
d) Colaboración en la tramitación de ayudas y becas, si procede.
Los tratamientos de datos personales a realizar por el Encargado del tratamiento para
la prestación del servicio serán los de: recogida, registro, estructuración, modificación,
cesión, conservación, extracción, consulta, interconexión, cotejo y comunicación.