3. Otras disposiciones. . (2024/16-74)
Resolución de 16 de enero de 2024, de la Dirección General de Coordinación Universitaria, por la que se hace público el Acuerdo de 20 de diciembre de 2023, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se establece el procedimiento de admisión en la fase de estudiantes extranjeros para el curso 2024-2025, en los estudios universitarios de Grado.
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Número 16 - Martes, 23 de enero de 2024

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La Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía podrá, en cualquier
adjudicación y con objeto de optimizar los procedimientos de matriculación del alumnado,
ofertar en cada una de las titulaciones y Centros que estime conveniente, un número de
plazas adicionales sobre la oferta inicial convocando para ello, a suficientes personas
para cubrir por exceso la oferta de plazas. Teniendo en cuenta lo anterior, no se podrá
cubrir ninguna plaza vacante, por lista de espera, mientras el número de personas
matriculadas o pendientes de tramitar su matrícula supere la oferta inicial.
Asimismo, en el supuesto de que se compruebe que, por los estudios previos
cursados, determinadas personas admitidas no ocuparán plazas de primer curso, la
Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía podrá aumentar las plazas a fin de
optimizar la admisión al citado primer curso.
4.º Toda persona solicitante podrá tener asignada, en cada una de las sucesivas
adjudicaciones, una plaza y solo una, que se corresponderá con una titulación en un
único Centro de las solicitadas. Estará en espera de plaza en todas las titulaciones y
Centros que figuren en su lista de preferencia en un orden previo a la plaza asignada y
no aparecerá en las plazas relacionadas en un orden posterior, ni en aquellas que por
cualquier circunstancia estén excluidos o haya hecho desistimiento de esta durante un
plazo de matrícula o reserva.
5.º En cada plazo, las personas solicitantes estarán obligadas a realizar matrícula, reserva
de plaza y/o confirmación de participación en las listas de espera según se indica en los
siguientes apartados. En su defecto, la persona solicitante decaerá en todos los derechos en
el proceso de preinscripción en aquellas titulaciones y centros donde exista lista de espera.
Todo ello a excepción de quienes hubieran presentado solicitudes cuya documentación se
encuentre pendiente de recepción por una oficina de admisión en el momento de la primera
adjudicación, las cuales podrán tener la plaza adjudicada, pero cuya matrícula o prematrícula
en su caso, quedará condicionada a la citada recepción y cumplimiento de los requisitos
de admisión con anterioridad a la publicación de la segunda adjudicación, surtiendo los
efectos oportunos a partir de esta última. Toda matrícula se entenderá provisional hasta la
comprobación fehaciente por la universidad de la documentación que originó la admisión en
la universidad, titulación y Centro de que se trate.
A estos efectos, quienes formalicen su matrícula en los plazos previstos, deberán
realizar un abono de 400 euros que será entendido como prematrícula, con arreglo
al procedimiento específico que establezca la respectiva Universidad, en concepto
de pago por la formalización de dicha matrícula y a cuenta del importe total de los
correspondientes precios públicos una vez aprobados y publicados en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía. Una vez conocidos los precios a aplicar para el curso académico,
la universidad procederá a requerir a los respectivos estudiantes la diferencia entre el
importe total resultante y los 400 euros abonados, con indicación del procedimiento a
seguir al respecto, salvo que como consecuencia de la aplicación de bonificaciones o
exenciones de las que pudiera ser beneficiario el estudiante, el importe total resultante
fuese inferior a la citada cantidad de 400 euros, en cuyo caso se procederá de oficio a la
devolución de la diferencia.
Las citadas matrículas o reservas de plaza se formalizarán según se indica a continuación:
1. Solicitantes que han sido admitidos en su primera preferencia: Formalizarán la
matrícula conforme al procedimiento que cada universidad determine, en los plazos
establecidos en el anexo del presente acuerdo.
2. Solicitantes que desean estudiar la titulación actualmente asignada, rehusando
estar en espera en otras peticiones de mayor preferencia: Formalizarán la matrícula
conforme al procedimiento que cada universidad determine, en los plazos establecidos
en el anexo del presente acuerdo.
3. Solicitantes que desean quedar en espera de obtener plaza en titulaciones de
mayor preferencia de la asignada, deberán realizar una reserva de la plaza actualmente
asignada y confirmar su participación en las peticiones en las que aún figure en lista de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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