Disposiciones generales. . (2024/16-1)
Orden de 21 de diciembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea- Next Generation EU, y se efectúa su convocatoria para el periodo 2023-2025.
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Número 16 - Martes, 23 de enero de 2024

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8. El plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones comenzará el día
siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín de Oficial de la
Junta de Andalucía de conformidad con el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
El mencionado plazo para presentar solicitudes quedará abierto hasta el 30 de
septiembre de 2024, si bien los Proyectos de adecuación que contengan los apoyos o
vanos que precisan corrección se han debido presentar dentro del plazo establecido en
el apartado 2 de la disposición transitoria única del Real Decreto 1432/2008.
Podrá prorrogarse el citado plazo en el supuesto recogido en el apartado 15 de la
presente convocatoria, publicándose el correspondiente acto en el BOJA.
No obstante, en el supuesto de que antes de finalizar el plazo de presentación de
solicitudes se agotara el crédito establecido en esta convocatoria, se publicará en el
Boletín Oficial de la Junta Andalucía una resolución para su general conocimiento. En tal
caso el plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones finalizará el día de esta
publicación.
9. Para todo el periodo de la convocatoria, el plazo dentro del que deben haberse
realizado los gastos subvencionables objeto de las subvenciones será el indicado en la
resolución de concesión y podrán haberse iniciado desde el 1 de enero de 2021.
10. Las solicitudes se presentarán exclusivamente por medios electrónicos por parte
de todas las personas solicitantes, en aplicación del artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
por entenderse que en virtud de la capacidad económica, técnica y dedicación profesional,
queda acreditado que todas las personas o entidades solicitantes tienen acceso y
disponibilidad a los medios electrónicos necesarios. Igualmente, el procedimiento será
completamente electrónico, en aplicación del mismo artículo, así como del apartado
segundo del artículo 3.3 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo. Se da cumplimiento,
por tanto, a la mencionada Ley como, también, al Decreto 622/2019, de 27 de diciembre.
Las solicitudes deberán presentarse, ajustándose a los modelos normalizados
establecidos en los Anexos II.A, II.B y II.C de esta Orden, en el Registro Electrónico
único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de los siguientes enlaces
del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la página web de la Junta de Andalucía:
«Medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y electrocución en
líneas eléctricas de alta tensión: subvenciones para la corrección de líneas eléctricas
peligrosas».
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25210.html
Junto con la solicitud habrán de acompañarse, en su caso, los documentos especificados
en el artículo 14 de las bases reguladoras.
Dicho modelo normalizado de solicitud estará disponible en el Registro de
Procedimientos y Servicios, procedimiento RPS núm. 25210, en el siguiente enlace del
Catálogo de Procedimientos y Servicios de la página web de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25210.html
11. El medio de notificación para todos los actos administrativos del procedimiento
será el previsto en el artículo 22 de las bases reguladoras.
12. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de
concesión de subvenciones será de seis meses, y se computará desde la fecha en que
la solicitud haya tenido entrada en el Registro Electrónico Único de la Administración de
la Junta de Andalucía. Este plazo podrá ser ampliado atendiendo a lo dispuesto en el
artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Transcurrido el plazo establecido sin que se hubiese dictado y notificado resolución
expresa, las personas interesadas podrán entender desestimadas por silencio administrativo
sus solicitudes, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 120.4 del Texto Refundido de
la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295753

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía