Disposiciones generales. . (2024/16-1)
Orden de 21 de diciembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea- Next Generation EU, y se efectúa su convocatoria para el periodo 2023-2025.
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Número 16 - Martes, 23 de enero de 2024

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13. La resolución del procedimiento pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse
contra ella potestativamente recurso de reposición en los términos establecidos en el artículo
123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, ante el mismo órgano que la dictó o
bien ser impugnada ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación, en la
forma y plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, sin que ambos puedan simultanearse.
14. Debido al componente territorial de las actuaciones a financiar, se habilitará visor
gráfico con información descargable, a través del cual se podrá obtener información de
los ámbitos territoriales de aplicación del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, en la
Comunidad Autónoma de Andalucía. Estos ámbitos territoriales se corresponden con las
zonas de protección enumeradas en el artículo 4 de este Real Decreto, y desarrolladas,
para esta Comunidad Autónoma, siendo mencionadas en el artículo 2 del Anexo I de
esta Orden. Los apoyos y vanos cuya corrección es objeto de la solicitud de subvención
deberán recaer en estos ámbitos territoriales. También se podrá acceder al resto de
información cartográfica que afecte a la condicionalidad de la subvención, aunando en un
único recurso las referencias gráficas establecidas en las bases reguladoras.
15. Los periodos de convocatoria y los plazos de ejecución de las actuaciones
de corrección, dan cumplimento a los hitos acordados en las distintos Acuerdos de la
Conferencia Sectorial de Medio Ambiente. Estos plazos establecidos por esta Orden
se adaptan al cronograma establecido en los Acuerdos de la Conferencia Sectorial. No
obstante, si terminado el periodo de convocatoria, sobrase crédito, y en aras de agotar
el crédito conforme al espíritu de los Fondos NextGenerationEU, y puesto que así lo
permiten los Acuerdos de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, podrá prorrogarse
el periodo de convocatoria, afectando a la mencionada prórroga las mismas condiciones
de la presente convocatoria.
16. Junto a esta convocatoria se aprueban y publican los siguientes anexos, los
cuales forman parte de esta Orden:
a) Anexo I. Bases reguladoras.
b) Anexo II.A. Formulario de solicitud. Datos Generales.
c) Anexo II.B. Formulario de solicitud. Datos Específicos.
d) Anexo II.C. Formulario de solicitud. Datos Económicos.
e) Anexo III. Formulario de alegaciones, desistimientos y aceptaciones/comunicaciones.
f) Anexo IV. Formulario de solicitud de pago y cuenta justificativa.
g) Anexo V. Condicionados.
h) Anexo VI. Medidas de prevención contra electrocución y colisión.
i) Anexo VII. Certificado de adecuación eléctrica.
j) Anexo VIII. Formulario de devolución voluntaria y desistimiento antes del pago.
Todos estos anexos estarán disponibles en el siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25210.html
17. En cumplimiento de las recomendaciones de la Oficina Nacional de Coordinación
Antifraude del Ministerio de Hacienda y Función Pública establecidas en su Comunicación
1/2017, de 6 de abril, así como del Acuerdo de 27 de abril de 2022, del Consejo de
Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Medidas Antifraude para la gestión de los
Fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, cualquier persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran
ser constitutivos de fraude o irregularidad en relación con Proyectos u operaciones
financiados total o parcialmente con cargo a fondos procedentes de la UE, en el marco
de la presente convocatoria, podrá poner dichos hechos en conocimiento de la Oficina
Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, conforme a las indicaciones del propio Plan,
accesible a través de la siguiente dirección web:
https://juntadeandalucia.es/sites/default/files/2022-07/Plan_antifraude_28_04_22_ptg2.pdf
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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